Valentina mujer valiente y ejemplar del pueblo Me’phaa da una lección definitiva a todos los mexicanos
Valentina Rosendo Cantú fue violada por militares en la comunidad de Barranca Bejuco cuando lavaba ropa un 16 de febrero de 2002. Hoy despues de una lucha de casi una década, comienza a ver un tenue destello de justicia. El Estado mexicano en cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos hizo público el reconocimiento de la responsabilidad internacional por la violación de los derechos humanos de Valentina, indígena Me’phaa, habitante de Caxitepec, en Acatepec, Guerrero.
«El Estado mexicano reconoce la responsabilidad internacional por violaciones a los derechos humanos ocurridos en el caso de Valentina Rosendo Cantú» dijo Alejandro Poiré, secretario de Gobernación que además ofreció una disculpa a Valentina: «Reconocida la responsabilidad del Estado y embestido como secretario de Gobernación en este evento con la representación del mismo señora Valentia, a usted, a su hija les extiendo la más sincera de las disculpas por los hechos ocurridos hace casi una década en los que resultaron gravemente lesionados en sus derechos».
Disculpa pública del Estado Mexicano a #valentinaRosendo por el Secretario de Gobernación, Alejandro Poiré byCencos ComunicaciónSocial
Nada más ejemplar del largo caminar de Valentina, que su propio testimonio durante la ceremonia que inició con un: «En ese entonces yo tenía 16 años y no hablaba bien español» y terminó dedicando su lucha a las mujeres: «Un caso como el mío -dijo- da esperanza a otras mujeres que han sido agredidas […] luchar es seguir adelante, es romper la cadena de la impunidad».
Palabras de #ValentinaRosendo at Museo Memoria Y Tolerancia by Cencos ComunicaciónSocial
La sentencia comprende 16 resolutivos hacia el Estado mexicano, y con este acto se da cumplimiento al número 14 en el que ordena: «El Estado deberá realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional en relación con los hechos del presente caso, de conformidad con lo establecido en el párrafo 226 de la presente Sentencia».
y en ese párrafo amplia que el «Estado debe realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, en relación con los hechos del presente caso. En dicho acto se deberá hacer referencia a las violaciones de derechos humanos declaradas en la presente Sentencia. El acto deberá llevarse a cabo mediante una ceremonia pública, en idiomas español y me’paa, en presencia de altas autoridades nacionales y del estado de Guerrero, de las víctimas del presente caso y de autoridades y miembros de la comunidad a la que pertenecen las víctimas. El Estado deberá acordar con la señora Rosendo Cantú, y/o sus representantes, la modalidad de cumplimiento del acto público de reconocimiento, así como las
particularidades que se requieran, tales como el lugar y la fecha para su realización. En caso que la señora Rosendo Cantú preste su consentimiento, dicho acto deberá ser transmitido a través de una emisora radial con alcance en Guerrero. Para la realización del mismo, el Estado cuenta con el plazo de un año, contado a partir de la notificación de la presente Sentencia.
Cabe señalar que este acto debió realizarse antes del 31 de agosto de 2011, cuando se cumplió un año de a publicación de la sentencia.
Abel Carrera de Tlachinollan dirige su palabra a Valentina Rosendo Cantú by Cencos ComunicaciónSocial