Siete manteros se enfrentan a cárcel o expulsión por vender en Barcelona
Se les acusa de delitos contra la propiedad intelectual, tipo penal aplicado generalmente a los personas que hacen la manta, y a uno de ellos también de apropiación indebida. Se enfrentan a tres y cinco años de cárcel o a la expulsión del país con la prohibición de volver en un plazo de siete años. El martes 20 de noviembre comienza en la Audiencia Provincial de Barcelona el juicio contra siete manteros, uno de ellos Lamine Sarr, portavoz del Sindicato Popular de Vendedores Ambulantes de Barcelona y uno de los tres para los que la fiscalía pide la expulsión. El juicio, que se alargará durante tres días, es en el que más condena se pide para vendedores ambulantes al menos desde 2010.
La causa contra los siete manteros comenzó se abrió en julio de 2016, cuando fueron detenidos en una redada contra la venta ambulante en L’Eixample. Inicialmente, los Mossos d’Esquadra acusaron a los manteros de organización criminal y blanqueo de capitales, cargos que asumió el juzgado de instrucción, y por los que cuatro de los detenidos pasaron diez días en prisión provisional, y que fueron posteriormente rechazados.
El escrito de acusación afirma que los manteros se “enriquecieron de forma ilícita”, fabricando y estampando con “mendaces logotipos” productos que posteriormente vendían en la manta. El escrito de fiscalía narra cómo la policía registró el piso que los vendedores compartían en L’Eixample, donde almacenaban bolsos, zapatillas y camisetas con estos “mendaces logotipos” de marcas como Michael Kors, Prada, Nike, Adidas o del F.C. Barcelona, entre otras, cuyo testimonio en el juicio ha sido solicitado por fiscalía, que cifra en más de 400.000 euros el perjuicio económico que estas grandes marcas han sufrido por no vender sus productos a causa del top manta.
DESPENALIZADA Y DE NUEVO PENALIZADA
La venta ambulante dejó de ser delito para pasar a ser falta en 2010, tras varios años de movilizaciones. La reforma del Código Penal realizada ese año supuso que, en los casos en los que el beneficio obtenido por los vendedores no superara los 400 euros, el hecho pasaría a castigarse como una falta. Sin embargo, la nueva reforma del Código Penal impulsada el Partido Popular en 2014, en vigor desde 2015, volvía a introducir el castigo de cárcel para los manteros.