Sancionan a Cotronic por no garantizar la seguridad en los trabajos de altura
Telefónica, contraviniendo la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, prioriza a través de todas sus contratas la utilización de las escaleras de mano (con o sin patas extensibles) en detrimento de la utilización de plataformas elevadoras (PEMP).
INSPECCIÓN DE TRABAJO SANCIONA A COTRONIC POR NO GARANTIZAR LA SEGURIDAD EN LOS TRABAJOS EN ALTURA
Finalmente Inspección de trabajo (ITSS) ha abierto expediente sancionador a COTRONIC por no cumplir con las medidas necesarias que garanticen la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras en los trabajos en altura.
Hasta la cuarta denuncia en ITSS no la han sancionado, solo le hacían requerimientos que COTRONIC incumplía reiteradamente. Han sido tres años de lucha.
Con la apertura de este expediente sancionador el Comité de Empresa de Cotronic se presentará como parte en el procedimiento donde la empresa tiene dos posibilidades:
1. Pagar y asumir la culpabilidad.
2. Demandar a la Generalitat e intentar defenderse en un juicio, en el cual el Comité de Cotronic también se presentaría como parte.
Por otro lado, Inspección también requiere a la empresa el cumplimiento de la normativa vulnerada.
Telefónica, contraviniendo la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, prioriza a través de todas sus contratas la utilización de las escaleras de mano (con o sin patas extensibles) en detrimento de la utilización de plataformas elevadoras (PEMP), medios auxiliares de protección colectiva más seguros, con la única intención de aminorar los costes y aumentar beneficios a costa de la seguridad y salud de los trabajadoras y trabajadoras.
Muchos de vosotros pensaréis que no hay para tanto, que pedir siempre el uso de la Plataforma Elevadora es exagerado y roza el absurdo. El problema de base es que se está funcionando por tradición, por como se han hecho las cosas siempre, y en este caso, la costumbre, conlleva accidentes graves y mortales. Y esta desgraciada realidad es la que hace que la prevención avance para evitarlos minimizando el riesgo, y poniendo, por principio, el medio más seguro en primer lugar.
Lo importante, y necesario, es que como consecuencia de este resolución, cualquier trabajador puede, y debe, exigir que le proporcionen una PEMP cuando deba trabajar a más de 2m de altura respecto a sus pies, o 3,5m de la zona de trabajo. Si después se valora que no es posible, o que no es lo mas idóneo, ya se estudiará cual es la solución menos mala, si la escalera, un replanteo o el pase a telefonía móvil.
Y esto que ahora vemos como una posibilidad, debemos convertirlo en un hecho cotidiano. Nos va la salud y la vida en ello.
Desde la asamblea de Contratas advertimos que ni en Cotronic, ni en ninguna de las contratas y subcontratas de Telefónica daremos un paso atrás en este sentido y realizaremos todas las acciones legales y sindicales a nuestro alcance hasta que se garantice la seguridad y salud de todos los trabajadores y trabajadoras, que somos el motor del sector.