
Noticias Uruguayas 14 marzo 2016
URUGUAY
Educación privada para el martes por 24 horas
Graciela Frigerio, ayer, en el Instituto de Profesores Aatigas.Foto: Santiago Mazzarovich
De vuelta a las clases
Según experta, al capitalismo la educación “le importa muy poco y de maneras muy interesadas y parciales”
En diálogo con la diaria, dijo que no se trata de un oficio sencillo, ya que “exige tener claras ganas de intervenir políticamente, en el sentido de que cuando le enseñás a leer y escribir a un chico y aprende, acabás de hacer un gesto político que le abre el mundo: aprendió o no aprendió, no hay vuelta”. Al mismo tiempo, sostuvo que eso implica “un enorme trabajo psíquico” de los docentes, en un mundo en el que su trabajo parece desvalorizarse, al igual que se deteriora el resto de las relaciones laborales. “A veces, la vida depende de una enfermera que sepa hacer una maniobra determinada; sin embargo, [los enfermeros] tampoco gozan de un prestigio que genere reconocimiento. Es algo que excede un oficio en particular; tiene que ver con el modo en que el capitalismo está llevando sus crueldades al extremo. Al capitalismo, en el fondo, la educación le importa muy poco y de maneras muy interesadas y parciales. No le importa el mundo, le importa la plusvalía”, definió.
Frigerio sostuvo que “éstos son malos tiempos para la educación en general” y fundamentó al respecto que al observar el panorama mundial, “los sistemas están quebrados y nadie da pie con bola”. Según agregó, eso se ve tanto en los países europeos como en los latinoamericanos, donde “se insiste en viejas fórmulas, hay poca novedad, rebautismos y aferramientos a conceptos estelares”. En particular, la académica cuestionó los resultados de pruebas internacionales como las PISA, “no porque no haya que evaluar”, ya que la pedagogía necesita la evaluación, “pero no necesita esos resultados”. “En primer lugar, porque no dicen nada que no sepamos, nada que no se pueda hacer a menos costo”, dijo, y agregó que conocer esos resultados “no ha cambiado la realidad educativa, más bien se ha creado un nuevo orden internacional que ha adoptado la evaluación PISA como si fuera un metro patrón”.
La investigadora afirmó que ese tipo de estándares “son maneras de dividir al mundo para los que están interesados en que esté clasificado entre los que están arriba y los que están abajo, los que parecen tener cabeza y los descabezados”. “Es un saber poco fértil; perseverar en eso me parece una necedad. Con eso no quiero decir que una maestra no tiene que saber si en su grupo aprendieron a multiplicar y dividir o quién era José Artigas. Digo que hay unos modos en los que la actualidad nos atrapa con unos conceptos estelares de los que nos volvemos esclavos. Multiplicamos ciertas cuestiones, sin detenernos a cuestionar sobre lo que de verdad necesita nuestra atención y nuestra cabeza, y, en todo caso, alguna novedad. Estamos muy prisioneros en unos cercos cognitivos con más de lo mismo, con pequeñas variantes y algunos disfraces. Y más de lo mismo ya no da”, analizó.
Actual o contemporáneo
Precisamente, durante la conferencia analizó la diferencia entre lo que implica ser “actual” y ser “contemporáneo”. Según dijo, a diferencia de una persona actual, el contemporáneo “no se deja seducir” por la actualidad, ya que en ese caso “es imposible generar una novedad”. Si bien dijo que no se puede escapar de la actualidad, es necesario no volverse “un esclavo” de ella. En particular, señaló que en este contexto, la educación “tiene que admitir el tiempo entre el ya no y el aún no”. Además, habló de la necesidad de la “conversación”, que implica la “disponibilidad para desaprender” y para “desprenderse” de las ideas previas, ya que “es difícil conversar cuando hay atrincheramiento”, y a la conversación hay que ir “a pensar” y “a dejarse remover”. Añadió que pensar implica discutir los paradigmas que ya vienen dados, sin aferrarse a alguno de ellos. Señaló que cuando no hay conversación, la expresión trivial “te mataría” se puede volver realidad y derribar la premisa de que no se puede terminar con la vida de otra persona.
La experta también habló de la necesidad de encontrar en el otro a un semejante y, a la vez, admitir que se trata de un sujeto diferenciado; si eso no ocurre, podemos “arrollar” al otro, sostuvo. Dijo que “educar tiene que ver con la institucionalización de la semejanza”, pese a que el acto educativo también ha sido usado para dividir a las personas entre categorías como “los que van”, “los que no” o “los que se quedan por el camino”. Por ejemplo, Frigerio sostuvo que la matemática fue puesta especialmente en el lugar “donde se separan las vidas” y muchas veces significa “una guillotina o un colador”, en el sentido de que se usa para evaluar quiénes somos, y si un estudiante no es bueno en esa disciplina se lo rotula como “poco inteligente”.
Al mismo tiempo, planteó que para que haya emancipación de las personas, tiene que haber conversación, y que “es imposible que alguien quiera reconocer si no es reconocido”. La docente habló de resignificar la palabra “transmitir” en el campo educativo, porque “sin transmisión no hay sociedad posible”. Por ejemplo, dijo que en Argentina la dictadura implicó una suspensión de la transmisión, y cuando una generación no puede transmitir, hay otra que “renuncia a poder recibir”. Aclaró que “transmitir” no debe considerarse un sinónimo de “clonación”, sino que se trata de “volver disponible algo dejando en libertad” a quien lo recibe.
Acto creador
Frigerio definió el acto educativo como “pura inauguración” y, a la vez, un “rito de iniciación” en el que se trata de “llevar al otro por las huellas de sus ancestros, por donde el tiempo las borró”. Sostuvo que cuando los docentes dejan de creer en su necesidad, las instituciones “se vacían en su interior” y se transforman en organizaciones que, si bien pueden funcionar efectivamente, quedan “vacías de sentido”.
Según la experta, si alguien ingresa a estudiar formación docente y no está dispuesto o no sabe que se encontrará con “otros diferentes”, “se equivocó de oficio”. También dijo que cada acto pedagógico es un acto nuevo, que “uno siempre se muere de miedo antes de entrar a una clase” y se pregunta si se entenderá lo que busca transmitir, y que cuando la persona se vuelve “autómata”, en realidad ya no está ahí presente. Lamentó que haya tantos jóvenes que creen de sí mismos que “no tienen cabeza”, y dijo que no sirve demasiado hablarles a los adolescentes del futuro que los adultos quieren para ellos, ya que a los jóvenes “el presente les ocupa el cuerpo y la cabeza”. Por último, señaló que los dos verbos que más definen la acción de enseñar son “asumir” y “sostener”, al tiempo que agregó que esa tarea no se puede realizar si quien pretende llevarla adelante es “amarrete” y lo hace para “etiquetar” o “vivir de las miserias del otro”.
martes, 8 de marzo de 2016
LA RAZÓN DEL COCINERO (artículo de Andrés Figari)

Los gráficos de Gabriel «Saracho» Carbajales


La mujer cayó al foso del ascensor
SCJ condenada por muerte de una funcionaria
El Tribunal de Apelaciones en lo Civil (TAC) de 7º Turno, confirmó en forma parcial un fallo de primera instancia, y condenó a la Suprema Corte de Justicia a indemnizar en más de 60 mil dólares al padre y la hermana de la funcionaria del Poder Judicial, que falleció tras caer por el foso del ascensor en la sede de la Defensoría de Familia. La Sala también condenó, en vía de regreso, a la empresa propietaria de los ascensores a pagar al Poder Judicial las sumas objeto de la condena.
El trágico hecho ocurrió el viernes 26 de abril de 2013, en la sede de la Defensoría de Familia de Montevideo, ubicada en Uruguay 941. La funcionaria Zulma Elizabeth Macchi Delmonte, de 64 años de edad, aguardaba para ascender al ascensor. La puerta de este se abrió, pero la cabina no estaba en el lugar. La mujer ingresó sin percatarse, y cayó en el foso. Falleció en forma instantánea.
Su muerte derivó en el inicio de una indagatoria penal, una investigación administrativa interna en el Poder Judicial y de una demanda civil por parte de su padre y de su hermana. La demanda civil fue por 300 mil dólares, tras considerar que el Poder Judicial incurrió en una “falta grave”. En este marco, el juez de lo Contencioso Administrativo de 2º Turno, Alejandro Martínez de las Heras, condenó al Poder Judicial a indemnizar a la familia, tras considerar que existió una falla grave en el servicio. El fallo fue apelado, pero ahora la Sala, en una extensa sentencia, decidió confirmar, en forma parcial, la resolución.
En este sentido, “se puede concluir, como lo hizo el señor Juez a quo, que el Poder Judicial resulta responsable como guardián de la cosa (ascensor), en la medida en que, ante la consecutiva ocurrencia de situaciones irregulares, que incluyeron el mismo supuesto que determinó el fallecimiento de la señora Macchi, es decir, la apertura de la puerta sin que la cabina estuviera enfrentada a ella, debió adoptar otras medidas, como la que finalmente tomó”.
“Porque no basta con decir que el aspecto técnico reposaba en la empresa contratada, lo que es cierto, ante la reiteración de situaciones de gravedad que implicaban un riesgo seguro para los funcionarios judiciales y público que asistía a la Defensoría. Si bien incumbía a la empresa determinar los aspectos técnicos y proponer soluciones acordes con dichos aspectos, no podía escapar al sano criterio del Poder Judicial que las medidas que adoptaba la empresa no resultaban adecuadas, si las situaciones de riesgo se volvían a repetir, una y otra vez, durante tres años”, expresó la Sala.
“Por ende, no resulta válido invocar, como lo hacen los demandados, que con posterioridad al infortunio no se pudo detectar la causa del ilícito ya que la única forma de eximírseles de responsabilidad era acreditando la ausencia de culpa, lo que no hicieron: el Poder Judicial debió no solo denunciar todas las veces que el servicio no funcionaba correctamente, sino que debió evaluar correcta y adecuadamente que si el ascensor se rompía frecuentemente, que si en él quedaba gente sin poder salir, que si la puerta se abría sin que estuviera la cabina, era inevitable que aconteciera lo que, finalmente, sucedió”.
“Aunque los aspectos técnicos pudieran escapar a su ámbito de conocimiento, el sentido común imponía adoptar las medidas de seguridad para que no ocurriera el accidente más temido en materia de ascensores: que la puerta se abra, pese al mecanismo de doble seguridad, que, obviamente y demás está decirlo, lamentablemente no funcionó –varias veces- en la Defensoría de Familia”, argumentó el TAC. La Sala recordó entonces que “en forma continua, sucesiva y por largo tiempo”, existieron hechos vinculados al mal funcionamiento de ese ascenso, lo que implicó la colocación de un cartel que refería a su mal funcionamiento.
Además, la Sala compartió el criterio esgrimido por el magistrados para trasladar la responsabilidad del condenado principal (la Suprema Corte), a la empresa de ascensores, ya que este “se hallaba obligado contractualmente a mantener en forma el ascensor, no bastando para eludir la responsabilidad referir a la reciente reparación”. “Lo cierto es que si la puerta no se hubiere abierto sin que la cabina del ascensor la enfrentara, más allá de las pruebas que se realizaron y que no pudieron reproducir o reconstruir una situación similar, la señora Macchi no hubiere fallecido”.
“Es evidente que la empresa no cumplía cabalmente con las normas contractuales, ni con los criterios técnicos que debían presidir su actuación, recomendando los ajustes necesarios o medidas aun más drásticas, como el cambio del ascensor o su clausura, para evitar situaciones como las que frecuentemente acontecían. Es claro, pues, por un lado, que, en el caso de autos, se configura la culpa grave, ya que debió preverse el accidente fatal acaecido, simplemente analizando el curso de los hechos (…) en una etapa previa, de anticipación, de previsión y de protección de la seguridad funcional involucrada”, concluyó la Sala.
Por este motivo, el TAC decidió amparar la demanda y condenar a la Suprema Corte de Justicia a indemnizar a la familia por los conceptos de daño moral y lucro cesante. De esta forma, el padre de la funcionaria recibirá 40.000 dólares y su hermana 15.000 dólares para la hermana, más intereses, y el lucro cesante por los años le quedaban de trabajo. El juez Martínez de las Heras había fijado la indemnización en 70.000 dólares para el padre y 50.000 dólares para la hermana.
Investigación administrativa
Una investigación administrativa ordenada por la Suprema Corte de Justicia concluyó que el accidente que culminó con el fallecimiento de Macchi “pudo y debió evitarse”. La instructura de la investigación dijo compartir las conclusiones de la pericia de la Dirección Nacional de Bombertos en cuanto a que la muerte de Macchi “fue un hecho accidental que pudo y debió evitarse”.
“Surge de la prueba diligenciada que, en varias oportunidades, se había abierto alguna puerta sin que la cabina estuviera en el lugar hasta que, finalmente, se produjo el lamentable suceso. Dadas las circunstancias, podría figurarse o suponerse razonablemente la ocurrencia de algún evento en que resultara lesión o un suceso peor, teniendo presente que incluso en esa misma semana había ocurrido la apertura del ascensor sin que estuviera la cabina. Aun cuando la empresa de ascensores acudía en respuesta a los llamados, no parece razonable concluir que su actuación haya sido adecuada a las circunstancias teniendo presente la reiterada ocurrencia de desperfectos en el ascensor”. “Y en consecuencia, surge probado que en razón de los desperfectos ocurridos en reiteradas oportunidades hasta la fecha del accidente, existía una situación de riesgo para la seguridad física de las personas que usaban dicho ascensor”, concluyó.