Condenado a 480 euros de multa por publicar un fotomontaje de un cristo de Jaén con su cara
Otro pasaje en el que aparece ese pegote medieval del artículo 525 de nuestro Código Penal que permite perseguir supuestos delitos contra algo tan abierto como “los sentimientos religiosos”, en el que para algunos profesionales carcas de la justicia sigue cabiendo cualquier cosa y que otros aprovechan con otras intenciones que nada tienen que ver con la religión.
Al chaval de Jaén que hizo un fotomontaje con un cristo al que añadió su cara y lo subió a Instagram le han cascado 480 euracos de multa, tras ser denunciado por una cofradía en mayo de 2016 (también va la cosa rápida).
Pedían una condena de 2.160 euros de multa y una responsabilidad civil subsidiaria de 180 días de privación de libertad en caso de impago.
Daniel Serrano, de 24 años, se ha reconocido autor de un delito contra los sentimientos religiosos, supongo que mal asesorado o para zanjar el asunto. Yo que sé. La cuestión es que la sentencia da vergüenzas varias.
Las reacciones a la condena han sido las habituales, más de uno ha hecho lo mismo, poner su jeto (u otro) en la misma foto. Incluso un ex-letrado del Tribunal Constitucional. Querías caldo, toma miles de tazas.
El resto de la historia y los detalles en Diario Jaén, que fue el medio que lo contó primero.
480 euros de multa por mofarse del Cristo Despojado
“Diez jornales de aceituna” por mofarse del Cristo Despojado
El meme en cuestión. Foto: Diario Jaén
a estamos tardando demasiado en acabar con ese engendro anacrónico, ambiguo y hecho a medida para alegría de fanáticos religiosos del delito contra “los sentimientos religiosos” como eufemismo para la blasfemia porque está visto que se está aplicando con el culo.
http://www.jrmora.com/blog/2018/02/08/condenado-480-fotomontaje-cristo-jaen/