Colombia. Entregar el cuerpo de Briceño “Mono Jojoy” YA, y sin condiciones
“estando ya autorizada para tal propósito el Comité Internacional de la Cruz Roja” la familia no entiende como es que a pesar de haberse ordenado su entrega, ahora la Fiscal Novena Delegada de la Unidad Nacional contra el Terrorismo, quiera condicionar la entrega del cuerpo sin vida de quien en vida se le conociera como el Comandante de las FARC-ep Jorge Briceño o “El Mono Jojoy” VICTOR JULIO SUAREZ ROJAS.
 
A continuación, el texto de la reclamación que sus familiares, le hacen a la Fiscalía General de la Nación,
 
 
 
Bogotá D.C. noviembre  ocho (8) de 2010
SEÑOR DOCTOR
GUILLERMO MENDOZA DIAGO
FISCAL GENERAL DE LA NACION
E.                                            S.                                             D.
REF: SOLICITUD DE RECLAMACION DEL CUERPO DE VICTOR JULIO SUAREZ ROJAS
 
ANIBAL PERALTA ROJAS, identificado con C.C. Nº 11.370.283 de Fusagasugá y LUCERO SUAREZ HIPUS, identificada con C.C. Nº 52.347.841 de Bogotá, con domicilio y residencia en Cabrera (Cundinamarca), en nuestra condición de hermano y sobrina de VICTOR JULIO SUAREZ ROJAS, quien en las FARC, se identificaba como “JORGE BRICEÑO”, comparecemos ante su Despacho, para expresarle que es el amor propio, es nuestra voluntad y la voluntad de la familia que los funerales de VICTOR JULIO,  se cumplan en el municipio de Cabrera (Cundinamarca).
 
Señor Fiscal, le reiteramos que no estamos reclamando al comandante de las FARC, tampoco al Líder de la organización rebelde, pedimos que nos entreguen el cuerpo sin vida de VICTOR JULIO SUAREZ ROJAS, nuestro hermano, nuestro tío, nuestro familiar. También hemos sido ilustrados tanto por el Comité Internacional de la Cruz Roja, la Defensoría del Pueblo, el Personero de Cabrera y nuestros Abogados Apoderados, que en Colombia, no existe ninguna norma Constitucional o Legal que obligue a los familiares de un Difunto a entregárselo al Gobierno para que disponga de él, como tampoco a obligar a sus deudos a inhumarlo en el lugar que determine un funcionario del Estado colombiano contra la voluntad de sus parientes, en cambio si tenemos conocimiento que cuando la muerte ha acontecido en forma violenta, lo que no se puede hacer por disposición legal es la cremación del cadáver, pero no limitarle a su familia el lugar del territorio nacional para sepultar los despojos mortales.
 
Señor Fiscal, las razones expuestas son elementos suficientes para solicitarle, ordene a la señora Fiscal Novena Delegada de la Unidad Nacional contra el Terrorismo, nos haga entrega en forma inmediata del cuerpo de VICTOR JULIO SUAREZ ROJAS, estando ya autorizada para tal propósito el Comité Internacional de la Cruz Roja, quien  lo trasladará al municipio de Cabrera (Cundinamarca) para darle cristiana sepultura.
 
No existe ninguna justificación en la mora para la entrega del cuerpo de VICTOR JULIO, como tampoco existe norma alguna que así lo impida, en cambio sí, la Constitución Política de Colombia, obliga  que la administración de justicia es función pública, que todos los ciudadanos Colombianos tenemos derecho a la administración de justicia y que los Jueces de la República, en sus providencias solo están sometidos al imperio de la Ley, en este caso la Fiscalía General de la Nación.
 
Como era obligación de la familia, ANIBAL PERALTA  ROJAS, demostró mediante exámenes de ADN, el vinculo consanguíneo con VICTOR JULIO SUAREZ ROJAS.
 
Señor Fiscal, NO ACEPTAMOS Y RECHAZAMOS, la exhumación estatal, tampoco aceptamos que el cuerpo de VICTOR JULIO SUAREZ ROJAS, sea enterrado en la ciudad de Bogotá.
Como ciudadanos Colombianos con derechos, rechazamos cualquier abuso de autoridad que se anteponga a nuestra voluntad, al derecho de guardar un luto, al derecho de una digna sepultura para nuestro deudo VICTOR JULIO SUAREZ ROJAS.
 
Señor Fiscal, con todo respeto:
ANIBAL PERALTA ROJAS    LUCERO SUAREZ HIPUS
C.C. Nº 11.370.283 de Fusagasugá        C.C. Nº 52.347.841 de Bogotá