Boletín de Luchas Obreras (28 de Enero de 2015)
ÍNDICE:
> SENTENCIA DEL TS DE 15-10-2014 SOBRE DESPIDO DISCIPLINARIO POR USO IRREGULAR DEL CRÉDITO HORARIO
> LA LEY MORDAZA ES UN ATAQUE FRONTAL CONTRA EL MOVIMIENTO OBRERO. Por GanemosCCOO
> TRABAJADORES DE ‘MIRAT TRANSPORTES’ SE CONCENTRARÁN EN CÁCERES COINCIDIENDO CON SU HUELGA
> NAVANTIA-FERROL: CRÓNICA DE UNA BANCARROTA SINDICAL ANUNCIADA. Artículo de Xaquín García Sinde Ejecutiva CCOO Navantia-Ferrol y miembro de GanemosCCOO
> ES TOTALMENTE INACEPTABLE QUE EN UNA OBRA PÚBLICA NO SE CUMPLA EL CONVENIO PROVINCIAL DE LA CONSTRUCCIÓN. Fuente LAB Sindikatua
> CGT PROPONE LA UNIDAD DE ACCIÓN PARA DESENMASCARAR A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y AL GOBIERNO ANDALUZ
> CC.OO. Y USO INICIAN LOS TRÁMITES PARA CONVOCAR 25 JORNADAS DE HUELGA EN AENA
> EMPIEZA LA HUELGA EN EL CARLOS HAYA AL NO FIJAR LA DIRECCIÓN SU COMPROMISO POR ESCRITO. Sacado de diariosur
> UNA ASAMBLEA DECIDIRÁ LA HUELGA DE BASURA EN CÓRDOBA EN SEMANA SANTA, POR EL INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO
> EL PERSONAL DE TITSA PRESENTA UN PREAVISO DE HUELGA PARA LAS NOCHES DE CARNAVAL EN TENERIFE
> DENUNCIA CONJUNTA DE ERNAI Y LAB EN TUTERA ANTE LA PRECARIEDAD LABORAL EN BURGUER KING
> NUEVE DÍAS DE HUELGA EN LOS AUTOBUSES URBANOS DE RIVAS VACIAMADRID
> ERTE EN COMSA PARA 303 TRABAJADORES
> UGT CONVOCA HUELGA DE CARÁCTER INDEFINIDA PARA LOS FINES DE SEMANA EN LA EMPRESA MIRAT TRANSPORTES, S.L.U.
> ELA DENUNCIA UN EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO QUE SUPONE LA DESTRUCCIÓN DE 30 PUESTOS DE TRABAJO
> EL JUZGADO DE LO SOCIAL REVOCA LA SANCIÓN AL DELEGADO SINDICAL DE LA CSI EN ARCELOR
> O CONCELLO DE AMES VULNEROU O DEREITO FUNDAMENTAL Á FOLGA DO PERSOAL BOS DÍAS. Web CIG
> EL SUPREMO ANULA EL ERE DE UGT ANDALUCÍA PORQUE EL SINDICATO NO NEGOCIO DE “BUENA FE” CON SU PLANTILLA
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SENTENCIA DEL TS DE 15-10-2014 SOBRE DESPIDO DISCIPLINARIO POR USO IRREGULAR DEL CRÉDITO HORARIO
RESUMEN
Trabajadora que entrega a la empresa certificado de asistencia a un curso de formación sindical, impartido en horario laboral, pese a haber sido previamente suspendido.
Recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por Dª Amparo contra la sentencia de 19-2-2013, (con voto particular) por la el TSJ de Cataluña, en el recurso de suplicación interpuesto por «Super Montserrat, S.L.U.» contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de Figueras, de 31-5-2012, en autos seguidos a instancia de la ahora recurrente contra referida empresa sobre DESPIDO.
Ha comparecido en concepto de recurrido «Super Montserrat, S.L.U.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El día 19-2-2013 el TSJ de Cataluña, dictó sentencia, con voto particular, en virtud del recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de Figueras, en los autos seguidos a instancia de Dª Amparo contra «Super Montserrat, S.L.U.» sobre despido.
La parte dispositiva de la sentencia del TSJ de Cataluña, es del tenor literal siguiente:
«Que debemos estimar y estimamos el recurso de suplicación interpuesto por Super Montserrat, S.L.U. contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Figueras, en fecha 31-5-2012, que recayó en los Autos, en virtud de demanda presentada por Dª Amparo contra la citada empresa, en reclamación por despido, y, por tanto, debemos revocar y revocamos dicha resolución, absolviendo a la recurrente de las pretensiones de la demanda. Se acuerda la devolución a la recurrente de las cantidades depositadas y consignadas en el momento de recurrir».
SEGUNDO.- La sentencia de instancia, de fecha 31-5-2012, dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Figueras, contenía los siguientes hechos probados:
– La actora Dª Amparo presta sus servicios en la empresa Super Montserrat S.L.U., en virtud de contratación indefinida a tiempo completo, con antigüedad de 6-10-2003,
– La demandante está afiliada al Sindicato CC.OO. y ostenta la condición de representante legal de los trabajadores
– En fecha 15-2-2012 la empresa acordó la apertura de expediente contradictorio disciplinario a la Sra. Amparo, designando instructora a Dª Valle.
La instructora formuló pliego de cargos del que se dio traslado a la trabajadora el día 17-2-2012, concediéndole un plazo de 5 días para presentar escrito de descargo.
De la incoación del expediente y del pliego de cargos se entregó copia al Comité de Empresa para que, si lo consideraba oportuno, pudiera emitir informe.
– El 21-2-2012 la actora presentó alegaciones en su descargo exponiendo que el día 20 de enero realizó las actividades sindicales durante toda la jornada prevista.
En cuanto al día 27 de enero reconoció que fue suspendida la sesión del curso de formación sindical prevista, lo que le fue comunicado telefónicamente el día anterior, fijándose al mismo tiempo una reunión informativa para dicha tarde en el Sindicato para tratar asuntos sindicales.
También añadía que si posteriormente, en el mes de febrero, no concretó lo sucedido el día 27 de enero fue precisamente para evitar equívocos por parte de la empresa, considerando que lo fundamental era que realizó actividad sindical aunque no coincidiera con la franja horaria inicialmente prevista.
– En fecha 27-2-2012 la instructora dio por concluido el expediente valorando los hechos como constitutivos de dos infracciones, una grave y otra muy grave, de los art. 15.8 y 16.3 del Acuerdo laboral de ámbito estatal del sector del Comercio, y art. 54.2 d) del ET.
– El día 28-2-2012 se notificó a la trabajadora carta de despido disciplinario, con efectos del mismo día.
– La demandante ha solicitado en diversos períodos el disfrute de horas sindicales para realización de tales tareas que han sido concedidas por la empresa.
– La demandante hizo entrega a la empresa de certificado de asistencia al curso de formación sindical realizado en Figueras el día 15-11-2011, de 9 a 14 horas.
– El día 18-1-2012 Dª Amparo presentó en la empresa escrito de convocatoria a funciones sindicales para los días 20 y 27-1-2012.
– El 3- 2-2012 la demandante entregó en la empresa certificado suscrito por el responsable de la escuela de Formación sindical de la CONC de asistencia los días 20 y 27-1-2012, de 9 a 14 horas, al curso de formación sindical denominado Curso Básico de Formación Sindical realizado en Figueras.
– La actora acudió al curso impartido la mañana del 20-1-2012. (testificales de Dª Luz y D. Hernán). La sesión formativa fijada para la mañana del día 27-1-2012 no llegó a celebrarse por haber sido previamente suspendida. (testifical del docente D. Hernán).
– El 7-3-2012 se presentó papeleta de conciliación ante el CMAC, celebrándose sin avenencia acto de conciliación el día 23-3-2012
El fallo de dicha sentencia es del tenor literal siguiente:
«Que estimando la demanda que da origen a estas actuaciones, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora ocurrido el día 28-2-2012, condenando a la empresa demandada Super Montserrat S.L.U. a estar y pasar por esta declaración, correspondiendo a Dª Amparo la opción, que deberá ejercitar en el término de los 5 días siguientes a la notificación de esta resolución, entre su readmisión en iguales condiciones a las que regían con anterioridad al despido, o bien la extinción del contrato con abono de una indemnización de 21.002,46 €, entendiéndose que lo hace por la readmisión si no efectúa la opción, y con abono en ambos casos de los salarios dejados de percibir desde que el despido tuvo lugar y hasta que se ejercite la opción, a razón de un salario diario de 55,43 €».
Dª Amparo formuló recurso de casación para la unificación de doctrina, en el que formula 4 motivos de contradicción y como sentencias contradictorias con la recurrida, una por cada motivo de contradicción:
Primero.- La dictada por el TSJ de Cataluña de 13-7-1995 como primer motivo del recurso la trabajadora alega que el informe de detectives no tiene valor de documental ni de pericial a los efectos del art. 193.c) LRJS, cuya infracción denuncia.
Segundo.- La dictada por el TSJ de Madrid, de 30-10-2001, como segundo motivo de su recurso, denunciando la ilicitud de la vigilancia o control singular a que fue sometida en el ejercicio de su crédito horario, alegando como infringidos los arts. 10.3 LOLS y 68 ET.
Tercero.- La dictada por el TSJ de Cataluña de 3-3-2000, como tercer motivo del recurso, plantea la recurrente la cuestión relativa a que no puede exigirse un cómputo escrupuloso del tiempo establecido en el uso del crédito horario.
Cuarto.- La dictada por el TSJ del País Vasco de 1-2-2005, como cuarto motivo de su recurso plantea la trabajadora la cuestión relativa a la falsedad que se imputa por la certificación aportada en justificación de la utilización del crédito horario, denunciado como infringido el art. 54.2 ET y la doctrina jurisprudencial sobre la tesis gradualista.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Prueba de detectives: testifical o documental: los documentos que reflejan manifestaciones de terceros no es dable configurarlos como prueba documental a efectos revisión fáctica en suplicación, al tratarse de meras manifestaciones testimoniales por escrito o de una prueba testifical impropia, que solo habría adquirido valor procesal como tal prueba testifical de haber sido ratificada en juicio por sus firmantes y cuya valoración queda a libre apreciación juzgador de instancia
Derecho de los representantes de los trabajadores al desempeño de sus funciones sin estar sometidos a vigilancia singular. El presunto incumplimiento, en todo o en parte, de las funciones propias de la representación durante el uso del crédito horario no constituye por sí solo una transgresión de la buena fe contractual que pueda justificar el despido.
Los documentos que reflejan manifestaciones de terceros, entre ellos, los informes de detectives privados, no es dable configurarlos como prueba documental a los efectos de fundamentar la revisión fáctica en suplicación, ni tampoco el error de hecho en casación ordinaria, al tratarse de meras manifestaciones testimoniales formuladas por escrito o de una denominada prueba testifical impropia, que solo habría adquirido todo su valor procesal como tal prueba testifical de haber sido ratificada en juicio por sus firmantes y cuya valoración queda a la libre apreciación del juzgador de instancia.
El presunto incumplimiento, en todo o en parte, de las funciones propias de la representación durante el uso del crédito horario no constituye por sí solo una trasgresión de la buena fe contractual que pueda justificar despido: presunción de que horas solicitadas para ejercicio tareas representativas son empleadas correctamente conduce a interpretar de modo restrictivo la facultad disciplinaria empresarial, que sólo podrá alcanzar el despido en supuestos excepcionales en los que el empleo en propio provecho del crédito horario sea manifiesto y habitual.
Se presume que las horas ejercitadas para el desempeño de tareas representativas son empleadas correctamente, lo que conduce a interpretar de modo restrictivo la facultad disciplinaria empresarial, que solo podrá alcanzar el despido en supuestos excepcionales en los que el empleo en propio provecho del crédito horario sea manifiesto y habitual, es decir, una conducta sostenida que ponga en peligro el derecho legítimo de la empresa a que los representantes formen cuerpo coherente con los representados.
3.- Lo expuesto comporta la estimación del recurso de casación unificadora interpuesto por la trabajadora demandante, de conformidad con lo informado por el Ministerio Fiscal, casando y anulando la sentencia de suplicación impugnada desestimando el recurso de suplicación formulado por la empresa y con estimación de la demanda en los términos contenidos en la sentencia de instancia.
FALLO
Se estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por Dª Amparo, contra la sentencia de 19-2-2013 del TSJ de Cataluña, en el recurso de suplicación interpuesto por «Super Montserrat, S.L.U.» contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de Figueras, de 31-5-2012, en autos seguidos a instancia de la ahora recurrente contra referida empresa. Se casa y anula la sentencia de suplicación recurrida y desestimando el recurso de suplicación formulado por la empresa, confirmamos la sentencia de instancia; sin costas.
Formula voto particular la magistrada Dª María Milagros Calvo Ibarlucea al que se adhiere el magistrado D. José Luis Gilolmo Lopez
VER SENTENCIA
http://www.lapirenaicadigital.es/SITIO/SENTENCIATS15103014.pdf
LA LEY MORDAZA ES UN ATAQUE FRONTAL CONTRA EL MOVIMIENTO OBRERO. Por GanemosCCOO
¡Hay que derribarla con la lucha!
Desde GanemosCCOO queremos levantar nuestra voz contra la Ley Mordaza aprobada por el PP. Un auténtico puñetazo contra los derechos democráticos y las libertades políticas, que el movimiento obrero conquistó con la lucha, con la cárcel y con numerosos sacrificios. Ahora que el desmantelamiento de los servicios públicos y los ataques a las condiciones de vida de la mayoría de la sociedad han provocado una oleada de indignación y resistencia que ha recorrido todo el territorio español, los herederos del franquismo vuelven a sus viejas tradiciones para criminalizar la protesta social y perseguir a los que luchan, como ya está sucediendo con cientos de sindicalistas encausados por participar en las pasadas huelgas generales.
¡No lo podemos consentir! Desde GanemosCCOO, emplazamos a la dirección de CCOO a cambiar drásticamente de estrategia y oponerse a esta ley de la única manera efectiva: llamando a la huelga general y confluyendo con los movimientos sociales, con las marchas de la dignidad y con todo el movimiento obrero organizado.
La Ley de Seguridad Ciudadana (conocida como Ley Mordaza), junto con la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal o la Ley de Tasas judiciales constituyen toda una batería de medidas que tienen por objeto reprimir a los movimientos sociales, obstaculizar cualquier tipo de protesta o huelga, endurecer las penas hacia los activistas y sindicalistas y aumentar la indefensión de los sectores sociales más vulnerables y de los trabajadores en general. Estas medidas son, en definitiva, un torpedo a la línea de flotación de las organizaciones obreras, de sus miembros y de su actividad.
No es casualidad que, en los últimos años, cientos de activistas hayan sido detenidos, y las penas de prisión relacionadas con la participación en piquetes o huelgas se dispararan hasta cifras que no conocíamos desde la dictadura franquista. Ante un ataque de tal magnitud es necesaria una respuesta contundente, que unifique y extienda la movilización contra la represión política y sindical, y por los derechos democráticos: una gran huelga general para derrotar estas leyes y derrotar a la derecha.
Muchos afiliados y delegados de CCOO, igual que el resto de nuestra clase, asistimos con indignación a la actual deriva de nuestra dirección, sumida en una política sindical de pactos sociales con el gobierno y de desmovilización. Es el momento también de provocar un cambio radical en las CCOO, y recuperarlas para el sindicalismo combativo, de clase, democrático y asambleario. Los compañeros de GanemosCCOO, afiliados y delegados, hemos iniciado esta tarea, para poner las CCOO al servicio de la lucha y de los trabajadores, recuperando las señas de identidad que las forjaron. ¡Compañera, compañero de CCOO, únete a GanemosCCOO para conseguirlo!
¡En defensa de los derechos democráticos y sociales! ¡Derogación de la Ley Mordaza!
¡No a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal!
¡Por la huelga general, no al pacto social!
TRABAJADORES DE ‘MIRAT TRANSPORTES’ SE CONCENTRARÁN EN CÁCERES COINCIDIENDO CON SU HUELGA
Los trabajadores de ‘Mirat Transportes SLU’ se concentrarán a las puertas de la Estación de Autobuses de Cáceres el sábado 31 de enero, a las 10,00 horas, con motivo de una huelga convocada en la Empresa, con carácter indefinido para todos los sábados y domingos.
La convocatoria de huelga viene motivada por la «inexistencia» de cuadrantes, partes de trabajo y las «discrepancias» en el cómputo de la jornada de los trabajadores móviles, circunstancias que según explica UGT en nota de prensa derivan en «la ausencia de conciliación de la vida laboral y familiar para todos los trabajadores y la extensión de su jornada a los fines de semana sin remuneración adicional».
Añade el sindicato al respecto que «jornadas medias de más de 10 horas (incluyendo tiempo de presencia), hacen insostenible dicha posibilidad de conciliación».
Finalmente, a la reivindicación se suman los «excesos» de jornadas que «no son abonados como extraordinarios», y la «falta de remuneración» de la nocturnidad ni de los tiempos de presencia, concluye UGT.
NAVANTIA-FERROL: CRÓNICA DE UNA BANCARROTA SINDICAL ANUNCIADA. Artículo de Xaquín García Sinde Ejecutiva CCOO Navantia-Ferrol y miembro de GanemosCCOO
Sábado, 17 Enero 2015
Si la situación del comité de empresa de la factoría ferrolana de los astilleros Navantia era ya bastante precaria, nuevos acontecimientos ocurridos desde diciembre han conducido a una situación que sólo puede calificarse de abierta bancarrota del comité. Como dijo un trabajador, no hay “ni aptitud ni actitud”. Su desprestigio entre los trabajadores alcanza tal nivel, que empieza a extenderse la opinión de que se deberían anticipar las elecciones sindicales.
La chispa de esta situación fue el despido de un joven trabajador del gremio de Tuberos, al que la Seguridad Social concedió de oficio una Incapacidad Permanente Total (IPT). Legalmente, la IPT es compatible con el trabajo, pero no en tu profesión. Por esta circunstancia, históricamente el convenio de Navantia recogía que, en caso de IPT, el trabajador podía optar entre la baja en la empresa o la recolocación en un puesto de trabajo compatible con sus limitaciones de salud. Este derecho desapareció en el último convenio, que fue rechazado frontalmente por los trabajadores de Ferrol y que está impugnado judicialmente por considerar ilegal su firma.
Era cuestión de tiempo que hubiese un despido por una IPT. Pero además del despido, lo que también indignó a los trabajadores fue que el comité de empresa lo hubiese ocultado. El compañero despedido tuvo conocimiento de la tramitación de su IPT el 5 de diciembre, y ese mismo día se lo comunicó a dos miembros del comité (entre ellos su portavoz), quienes por toda respuesta le recomendaron que fuese al abogado. Justo una semana después (viernes 12), el trabajador vio su contrato rescindido.
Ante el despido de un compañero, los trabajadores vuelven a superar al comité de empresa
Sus compañeros de gremio conocen la noticia el martes 16 a media mañana y deciden acudir al local del comité al día siguiente, a pedir explicaciones; también hablan con trabajadores de otros gremios para que los apoyen. El miércoles a las 10, entre 300 y 400 trabajadores le exigen al comité la convocatoria inmediata de una asamblea general, que no tiene más remedio que convocar para las 12. En esta asamblea, el comité propone celebrar una nueva asamblea general al día siguiente a las 10:30, para dar a conocer el resultado de sus gestiones con la empresa. Un joven trabajador de Tuberos y activista de GanemosCCOO propone un paro desde las 7 de la mañana y concentración ante el edificio de Dirección, propuesta que es aprobada por aplastante mayoría de los trabajadores, frente a unas pocas decenas de votos obtenidos por la propuesta de todo el comité (aparato de CCOO, CIG, UGT y MAS).
El jueves 18, el paro es total desde primera hora. La empresa no ofrece ninguna solución y se celebra otra asamblea general. Esta vez, del comité salen dos propuestas: la del aparato de CCOO, CIG y UGT (permanecer en asamblea permanente hasta las 10 de la noche) y la de MAS (lo mismo, pero hasta las 7 de la mañana del día siguiente). Inesperadamente, el trabajador despedido sale a hablar, muy emocionado por el apoyo que le estamos dando sus compañeros, y nos dice que él se va a defender jurídicamente y que lo que sí nos pide a todos es que limpiemos el comité de empresa, al que califica de “comparsa” que no defiende a los trabajadores. Tras él, su compañero de gremio de GanemosCCOO lanza una tercera propuesta: bloqueo total de las puertas de la factoría el viernes 19 hasta las 8 de la mañana y nueva asamblea general a las 10:30, para, si a esta hora no hay solución, ir a paralizar el área de Reparaciones, para transmitirle a la empresa que vamos a por todas. Los trabajadores vuelven a desautorizar al comité y se inclinan mayoritariamente por esta tercera propuesta. Asimismo, se decide por casi unanimidad no trabajar en lo que queda de jornada.
El viernes 19, el bloqueo de las puertas es total desde las 5:30 de la madrugada. Los aparatos de CCOO y la CIG convocan sendas asambleas de sus secciones sindicales a las 8 de la mañana, ambas con el mismo objetivo: desmovilizar, para lo que se emplean a fondo, provocando en la CIG la dimisión de una delegada y la rotura de carnés de varios exdelegados.
Los penosos argumentos dados por delante (“no se puede hacer nada”), la campaña sucia por detrás (que si los paros eran ilegales y nos íbamos a meter en un follón, ataques personales contra el compañero despedido, etc.) y una actitud del comité de empresa dirigida a crear una cierta sensación de “caos” —por ejemplo, cuando el turno de mañana salió de trabajar a las 2 de la tarde del jueves, el comité todavía no había publicado en los tablones de anuncios el comunicado, de sólo 38 palabras, informando de los detalles de la movilización del día siguiente; sin embargo, los carteles convocando las asambleas de sección sindical habían empezado a circular poco después del mediodía— tuvieron su efecto y, en la asamblea general del viernes, la propuesta del comité (remitir el tema a una reunión del comité intercentros de Navantia el lunes 22 y celebrar una nueva asamblea general el martes 23) fue mayoritaria frente a la de GanemosCCOO, que obtuvo alrededor de un tercio de los votos (nuevo paro de media hora el lunes 22 coincidiendo con la reunión entre la empresa y el intercentros en Madrid y asamblea general a la vuelta de la Navidad para decidir cómo seguir la lucha).
Anticipar las elecciones sindicales
Pero por si el comité no se había cubierto de gloria suficientemente, 2015 nos trajo otro ejemplo más de su total incapacidad para dirigir la lucha sindical. Presionados por los trabajadores, que quieren una oposición activa a la aplicación del nuevo convenio, en la asamblea del 23 de diciembre anunciaron que iban a tomar medidas respecto al nuevo control de presencia impuesto por la empresa, cuya entrada en funcionamiento era el 2 de enero, medidas que nos comunicarían este día en las puertas. El día 2, el comité nos dice que no fichemos la entrada. Tras unos días así, sin ningún tipo de reacción por parte de la empresa, sin ningún tipo de información por parte del comité y con una parte, minoritaria pero significativa, de los trabajadores fichando (por miedo o como rechazo a la falta de información y/o de aprobación por la asamblea), el viernes 9 el comité saca un patético comunicado que viene a decir que, como la empresa no les hace caso, van a recurrir a la Inspección de Trabajo y suspenden la medida de presión. Eso sí, una suspensión “provisional”, para que no se diga.
Los trabajadores están que trinan. El comité está completamente desprestigiado. Lo más suave que se oye es que no hay comité de empresa, y de ahí para arriba. Los sectores de trabajadores que tenían la esperanza de que fuera posible corregir la mala actuación sindical de este comité la están perdiendo a ritmo acelerado. Incluso los partidarios más acérrimos del aparato de CCOO empiezan a desesperarse. Ya hay opiniones que piden elecciones sindicales anticipadas “porque así no se puede seguir”. Ya veremos si la incapacidad de este comité también llega al extremo de no darse cuenta de que está completamente acabado y que cuando tus representados opinan que no sirves, lo mejor que pueden hacer los representantes es no prolongar la agonía. Porque el tiempo ni le arreglará a Rajoy la crisis económica ni le arreglará a este comité la desafección que sienten los trabajadores hacia él.
ES TOTALMENTE INACEPTABLE QUE EN UNA OBRA PÚBLICA NO SE CUMPLA EL CONVENIO PROVINCIAL DE LA CONSTRUCCIÓN. Fuente LAB Sindikatua
Eso es lo que ocurre en una obra para la construcción de 72 viviendas que el Gobierno Vasco ha promovido en el barrio de Miraflores de Bilbao. Una empresa subcontratada aplica el convenio de la construcción de Cantabria en vez de aplicar el convenio de la construcción de Bizkaia y falsifica la firma de trabajadores para dar por buena esa decisión.
Es una muestra más de la impunidad con la que las empresas siguen actuando en las obras públicas cuando las instituciones públicas no asumen el papel de vigilancia del cumplimiento de las condiciones del convenio. El sindicato LAB ha denunciado estos hechos ante la Inspección de Trabajo y ante el Consejero del Departamento de Empleo del Gobierno Vasco al que le hemos pedido que el Gobierno Vasco abandone la connivencia hacia los empresarios y ponga en práctica todas las medidas necesarias para que se cumplan las condiciones de los convenios provinciales en la obra pública.
El Gobierno Vasco tiene una gran responsabilidad en este asunto ya que, una vez adjudicada la obra, ha hecho dejación del control de las condiciones laborales y salariales de las y los trabajadores de la obra. El Gobierno Vasco es responsable de que los trabajadores de esta empresa cobren de media, según categoría, entre 300 € y 350 € mensuales menos por la inaplicación del convenio de construcción de Bizkaia.
El hecho es aún más grave si tenemos en cuenta que el Parlamento de Gasteiz, el 26 de mayo del 2011, aprobó una Propuesta No de Ley donde se le pedía al Gobierno Vasco, entre otras medidas, que en los pliegos de licitación de toda obra pública se recogiera la obligación de cumplir el convenio provincial por la empresa adjudicataria y las subcontratistas y se estableciera un sistema de seguimiento para el cumplimiento del mismo.
El Gobierno Vasco como gestor de dinero público y promotor de obra pública tiene una gran responsabilidad tanto social como laboral con la ciudadanía y con las y los trabajadores. Su actuación, por acción u omisión, no puede contribuir a crear focos de precariedad a costa de empresas que practican el dumping social con dinero público. El Gobierno Vasco debe abandonar la connivencia que mantiene hacia los empresarios del sector. Solo un cambio de actitud en el ámbito político que deje de favorecer el enriquecimiento empresarial a consta del expolio que realizan a las condiciones de trabajo ayudará a solucionar los problemas del sector.
Estos hechos demuestran, una vez más, la necesidad de unas nuevas relaciones laborales que aseguren el cumplimiento de las condiciones salariales y laborales de los convenios provinciales y en ese sentido situamos la finalidad de la campaña en favor de las clausulas sociales iniciada por el sindicato LAB ante las instituciones públicas que, mediante una moción, propone once medidas garantizando el cumplimiento de los convenios provinciales en toda la cadena de contratación-subcontratación, aplicación de la subrogación, contratación de personas desempleadas, igualdad de género… Es necesaria la implicación de todas las partes.
CGT PROPONE LA UNIDAD DE ACCIÓN PARA DESENMASCARAR A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y AL GOBIERNO ANDALUZ
La CGT se ha dirigido a todos los sindicatos y colectivos presentes en el ámbito de la educación pública andaluza para proponerles la denuncia y el rechazo públicos de la política que el Gobierno andaluz está aplicando desde hace años en educación. Asimismo, les ha propuesto el abandono de “la mascarada en que el Consejero de Educación ha convertido la negociación colectiva” hasta que no se recuperen algunos derechos básicos suprimidos por dicho Gobierno.
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La CGT ha trasladado esta propuesta porque considera que “la Consejería de Educación ha convertido la negociación colectiva en una auténtica pantomima”. Asimismo, esta organización sindical denuncia que el Gobierno andaluz está aplicando gravísimos recortes a las condiciones laborales del profesorado y a los recursos de los centros, que está implantando la LOMCE en Andalucía con un celo digno de mejor causa o que utiliza el Cuerpo de Inspección como instrumento coercitivo y no orientador o de apoyo al profesorado.
La CGT denuncia asimismo lo que considera una manifiesta actitud de desprecio por parte del titular de Educación, Luciano Alonso, hacia el profesorado y hacia las organizaciones sindicales del sector educativo.
Ante tal actitud, la CGT ha propuesto a todos los sindicatos representativos del sector, así como a diversos colectivos que luchan por la mejora de la educación pública andaluza, que se denuncie la política educativa del Gobierno andaluz, expresándose asimismo la negativa a seguir participando en “la mascarada en que ha convertido el Sr. Alonso la negociación colectiva” hasta que no se restituyan derechos sustraídos como los siguientes:
El pago de oficio de los 44 días de la paga extraordinaria suprimida en diciembre de 2012 y que van a ser cobrados por los empleados públicos de la administración central y de muchas comunidades autónomas.
La absorción de las dos horas incrementadas en el horario lectivo de secundaria por el horario de guardia, permitiendo así la recuperación de parte del empleo destruido en la educación pública andaluza y el descenso de la ratio.
La readmisión de los 4.502 docentes interinos despedidos y la estabilidad de este colectivo, lo que implica también el reconocimiento de las mismas condiciones laborales que las existentes para el resto de docentes andaluces.
La cobertura de todas las bajas, poniéndose fin a los perversos cupos impuestos a los centros.
El incremento de los presupuestos destinados a educación, paliando así el recorte en las dotaciones a los centros.
CGT Enseñanza Andalucía
CC.OO. Y USO INICIAN LOS TRÁMITES PARA CONVOCAR 25 JORNADAS DE HUELGA EN AENA
EFE
Los sindicatos de la Coordinadora Sindical Estatal, CC.OO. y USO, han iniciado los trámites legales para convocar 25 jornadas de huelga en Aena si no llegan a un acuerdo con la empresa, ante lo que consideran un incumplimiento del convenio colectivo.
Las 25 jornadas de huelga que se estudian se extenderían desde el 11 de febrero hasta el 31 de agosto, según han señalado a EFE fuentes sindicales.
Previamente a la convocatoria de huelga, CC.OO. y USO han registrado en el SIMA una solicitud de mediación previa, que en caso de derivar en acuerdo no conduciría a una huelga en Aena.
El inicio de los trámites legales para la convocatoria de huelga tiene como objetivo abrir un proceso de negociación con el Ministerio de Fomento tras los nulos avances en la reunión celebrada entre la empresa y los sindicatos, señalan en un comunicado.
En dicho encuentro se trasladó la imposibilidad de cumplir con los pactos en materia de empleo y de condiciones laborales recogidas en el Convenio Colectivo del Grupo Aena, así como el incumplimiento del acuerdo de la prórroga del mismo.
Además, los sindicados consideran una provocación privatizar el gestor aeroportuario y dicen que generará incertidumbres en el sector aéreo en un momento en el que es esencial para la recuperación económica.
Para CC.OO., la privatización de Aena es «un fraude económico, social e institucional, ya que sólo favorece los intereses de un grupo de especuladores y perjudica el interés del conjunto de la sociedad».
Por ello, instan al Gobierno a renunciar «de una vez por todas al esperpento que está suponiendo todo lo relacionado con la privatización de Aena» y exigen que se cumplan los pactos laborales suscritos con anterioridad.
EMPIEZA LA HUELGA EN EL CARLOS HAYA AL NO FIJAR LA DIRECCIÓN SU COMPROMISO POR ESCRITO. Sacado de diariosur
27 de Enero 2015
La huelga indefinida de los enfermeros y los auxiliares de enfermería de las urgencias de Carlos Haya ya es una realidad.
Será es el primer día de paro al no llegar a un acuerdo la dirección del hospital y el sindicato CC OO tras mantener dos reuniones. Aunque el gerente del hospital, José Luis Doña, y el director de enfermería, Cipriano Viñas, afirmaron que se harán los contratos que sean necesarios para que no se produzcan descubiertos en los turnos de enfermeros y auxiliares y, por tanto, que la plantilla estará siempre al cien por cien, ese compromiso no lo dieron por escrito ni le pusieron nombres y apellidos a los profesionales que van a contratar. Eso fue lo que pidieron tanto el secretario general de Sanidad de CC OO en Málaga, Rafael González Delgado, como el secretario general de CC OO en Carlos Haya, Juan Antonio Torres.
«Nos han dicho que van a hacer contratos de un año (de 1 de febrero de 2015 al 31 de enero de 2016), pero ese compromiso lo queremos por escrito antes de proceder a desconvocar la huelga. Si no vemos las contrataciones firmadas y la gente trabajando, no nos fiaremos. Ver para creer», aseguró Torres.
La huelga de esos profesionales de las urgencias no repercutirá en los pacientes, ya que los servicios mínimos fijados son del cien por cien de la plantilla en los tres turnos (mañana, tarde y noche). «Hemos convocado el paro, precisamente, para que esté trabajando la plantilla al completo en cada turno. Esta huelga no busca mejoras económicas, sino que se cubran todos los huecos y que no falte personal», declaró Juan Antonio Torres.
Aumenta el malestar entre los trabajadores del hospital por la falta de personal en distintas áreas
Digestivo y medicina interna
La falta de personal se extiende a otros servicios del hospital. Así lo denunciaron el Sindicato de Enfermería (Satse) y el Sindicato de Auxiliares de Enfermería (SAE). El Satse incidió en los problemas que hubo el viernes por la tarde en la planta de digestivo, donde entre las tres y las cuatro de la tarde solo hubo una enfermera para atender a 25 pacientes (debería haber habido tres profesionales). A partir de las 16.00 horas se incorporó otra enfermera, que acudió a ayudar aun estando de descanso. El Satse criticó a la supervisora de guardia por no haber resuelto el problema. Fuentes oficiales del hospital defendieron la labora de las supervisoras y aseguraron que hacen una buena labor en la gestión de los recursos.
Por su parte, el SAE lamentó la falta de auxiliares de enfermería que se registró en la planta de medicina interna. Durante la tarde hubo una profesional para atender a 37 pacientes cuando debería haber habido dos. Por la noche, en un principio, no había prevista ninguna auxiliar, aunque al final, ante la denuncia del SAE, el hospital cubrió ambos huecos.
Asimismo, los profesionales de enfermería de los quirófanos de urgencias de Carlos Haya también están dispuestos a ir a la huelga si no se les dota de refuerzos de inmediato.
UNA ASAMBLEA DECIDIRÁ LA HUELGA DE BASURA EN CÓRDOBA EN SEMANA SANTA, POR EL INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO
El comité de empresa de Sadeco convoca a los trabajadores el próximo 2 de febrero para decidir el inicio de movilizaciones por “el incumplimiento del convenio colectivo”.
La decisión será de los trabajadores. El próximo 2 de febrero, el comité de empresa de Saneamientos de Córdoba (Sadeco) ha convocado una asamblea con un único punto en el orden del día: “incumplimientos del convenio, situación de los cumplimientos, antigüedad y si procede convocatoria de huelga para Semana Santa si la empresa no cambia su postura”.
Los trabajadores llevan barruntando el inicio de movilizaciones desde finales del año pasado. Ahora, las votarán. La asamblea será el 2 de febrero a partir de las 13.00 en la caseta municipal del recinto ferial del Arenal.
El presidente del comité de empresa, Juan Grande, ya avanzó en el último Pleno que los sindicatos sopesaban la posibilidad de convocar una huelga de basura. Entre sus demandas estaba el impago del complemento de antigüedad en Sadeco, que sí se abona en el resto de organismos municipales, o la supresión de la actual bolsa de trabajo y la convocatoria de una nueva.
“Firmamos un convenio cuatro años para que no se echara a ningún trabajador y no se externalizara. La dirección incumple el convenio, crea inestabilidad y nos están discriminando con la antigüedad. Tenemos que decir basta ya”, dijo ante el Pleno Juan Grande. Aparte, los trabajadores volverán a protestar en la puerta del Ayuntamiento.
EL PERSONAL DE TITSA PRESENTA UN PREAVISO DE HUELGA PARA LAS NOCHES DE CARNAVAL EN TENERIFE
El personal de la compañía de guaguas Titsa, a través del sindicato UGT, ha presentado un preaviso de huelga para los días del Carnaval chicharrero en la calle, que afectará fundamentalmente a los bailes nocturnos. Según informa el portavoz del comité de huelga, Juan Carlos Linares, esta tendrá carácter temporal e intermitente.
En concreto, la huelga se ha convocado para los siguientes días: desde las 23:59 horas del viernes 13 hasta las 7:00 horas del sábado 14, es decir, durante la primera noche del baile en la calle, después de la Cabalgata; desde las 23:59 horas del sábado 14 hasta las 7:00 horas del domingo 15, por lo que también se vería afectado el transporte público para la segunda noche; desde las 23:59 horas del lunes del Carnaval (día 16) hasta las 7:00 horas del martes 17; desde las 23:59 horas del viernes de Piñata (día 20) hasta las 7:00 horas del sábado 21; y desde las 23:59 horas del sábado de Piñata hasta las 7:00 horas del domingo 22.
La convocatoria abarca a la totalidad de la plantilla de todos los centros de trabajo de la empresa Titsa y, por lo tanto, al transporte en toda la Isla. «Hemos decidido presentar este preaviso de huelga debido a que hasta la fecha han sido infructuosas todas las negociaciones con los responsables de Titsa para la consecución de un normal funcionamiento del servicio que presta a la sociedad la empresa de guaguas y para lograr unas mejores condiciones sociales y laborales de todos los trabajadores de la compañía», apunta Linares.
El personal de Titsa exige a la empresa que retire el ERTE (expediente de regulación de empleo temporal), pues considera que han cambiado las circunstancias que llevaron a la aplicación del mismo hace más de un año , «entre las que se encontraban la disminución de clientes, la subida del combustible, el déficit económico y la reducción de ingresos directos». En la firma del ERTE «se acordó por escrito que si las condiciones cambiaban, entonces se revisaría lo pactado», recuerdan los trabajadores. Estos aseguran que el número de usuarios de las líneas de Titsa ha aumentado, ha disminuido el combustible, han crecido los ingresos directos, «hay estabilidad económica» y los «objetivos de la empresa pública se han conseguido».
Asimismo, UGT denuncia que la amortización del déficit de Titsa ha recaído sobre los trabajadores y sobre la calidad del servicio a los ciudadanos. «La compañía de guaguas se aprovechó de la crisis general para bajar salarios, derechos y la calidad del servicio», añade. El sindicato también pide a la empresa que «cumpla con la ley en relación a los 14 días festivos anuales, los cuales actualmente se están derivando a una bolsa que se disfrutará cuando el trabajador se jubile».
La movilidad geográfica es otro de los motivos que fundamentan este preaviso de huelga pues, según manifiesta el personal, «la compañía la está aplicando sin criterio ni orden y en perjuicio del trabajador». Denuncian que Titsa esté realizando el Curso de Capacitación Profesional «utilizando días de ERTE y de descanso, yendo en contra de una resolución judicial que establece que dicha formación se debe llevar a cabo en horas de trabajo». Critican que la empresa esté obligando a realizar guardias en el taller y exigen que el trabajo que en la actualidad se está realizando con personal externo sea llevado a cabo por personal propio de Titsa a través de contrataciones. También piden que la compañía haga las revisiones médicas durante la jornada de trabajo «conforme a la legislación vigente».
El preaviso de huelga ya se ha presentado, la cual podría dejar sin transporte público las noches y amaneceres más multitudinarios del Carnaval de Santa Cruz.
DENUNCIA CONJUNTA DE ERNAI Y LAB EN TUTERA ANTE LA PRECARIEDAD LABORAL EN BURGUER KING
En Tudela Burger King, no es la única empresa en usar el miedo y la falta de información de la clase trabajadora, pero sí es el buque insignia de la explotación en la ribera. Por ello el pasado sábado 24 de enero, LAB y ERNAI desarrollaron una concentración de denuncia y un reparto de guías de derechos laborales a la plantilla de esta empresa.
En el contexto de crisis en la que vivimos en Euskal Herria, ERNAI y LAB han iniciado un trabajo conjunto dirigido a la clase trabajadora más castigada, la juventud. En este momento en el que la cuota de paro supera el 50% entre la juventud Navarra, estas dos organizaciones se propusieron dar un paso adelante. El resultado, por un lado, la elaboración de una guía de derechos para la juventud, y por otro, señalar mediante la denuncia pública a empresas que habitualmente explotan a los y las jóvenes.
El objetivo de esta acción conjunta es dejar claro que si nos informamos, nos unimos, y luchamos, el miedo cambiara de bando. Y esa lucha será colectiva, o no la podremos ganar. Mediante la lucha logramos los derechos que ahora nos quieren arrebatar, y así lograremos revolucionar el sistema para vivir mejor.
NUEVE DÍAS DE HUELGA EN LOS AUTOBUSES URBANOS DE RIVAS VACIAMADRID
El próximo día 30 de enero los trabajadores de la empresa La Veloz, en el municipio de Rivas Vaciamadrid, dedicada al transporte urbano de viajeros, inician un calendario de huelgas. Así, la huelga se desarrollará en los horarios de 6:00 a 8:30 y de 16:00 a 18:30 los días 30 de enero y 2, 6, 9, 13, 16, 20, 23 y 27 de febrero.
Según ha informado el sindicato CC.OO., «la empresa está aplicando con excesiva dureza el régimen disciplinario, llegando al extremo de despedir a los trabajadores por asuntos como tener un golpe, algo difícil de evitar cuando se dedican 8 horas diarias a la conducción».
Además de la huelga, el viernes 30 de enero, a las 18 horas, se ha convocado una manifestación que recorrerá las calles de Rivas, desde el metro de Rivas Urbanizaciones hasta el Ayuntamiento, donde los trabajadores harán entrega de una carta.
ERTE EN COMSA PARA 303 TRABAJADORES
Nota de CNT
Tercer día de negociaciones
El 20 de enero 2015, termino la tercera reunión dentro del periodo de consultas del ERTE que Comsa quiere aplicar a 303 trabajadores a partir del 31 de enero.
Cabe destacar que no se produjo acercamiento alguno por ninguna de las partes negociadoras: los trabajadores porque no vemos justificación a la medida, que entendemos es de ahorro de costes más que de caída en la producción, confirmando la empresa lo que ya sabíamos, que todas la previsiones que hace basadas en las licitaciones de oferta pública y privada son, en palabras de la empresa muy positivas.
Analizando los datos objetivamente, si se sigue esa proyección se tendrá que contratar más personal en lugar de despedirlo. Por la parte empresarial se cierra en banda, aplicará la medida, pasando por encima del valor más importante con el que cuentan, sus trabajadores.
Quizá lo que intentan hacer es lo que ya han hecho en otras ocasiones, despedir a parte de la plantilla para que acaben trabajando para COMSA a través de subcontratas con unas condiciones laborales pésimas, sin cobrar vacaciones, pagas extras, indemnizaciones, en definitiva sin derechos.
O quizás lo que quieran es que nos bajemos el sueldo para favorecer la competitividad de la empresa y al año de hacerlo, aplicar un ERTE injustificado.
Desde la sección sindical de CNT vemos que todas las medidas que hemos sufrido los trabajadores, y que desde el sindicato nos hemos opuesto públicamente en las distintas asambleas, únicamente han servido para destruir empleo, abaratar costes, precarizar las condiciones laborales y no conseguir nunca el objetivo al que estaban encaminadas, ya que si fuera así no nos encontraríamos de nuevo en esta situación.
A las 18:00 horas se produjo una concentración en las oficinas centrales de Barcelona con la asistencia de la mayor parte de la plantilla donde se informó del comienzo de la huelga indefinida a nivel nacional a partir del 27 de enero, huelga que los trabajadores decidieron convocar en la asamblea del viernes.
La posición de la sección sindical de CNT es muy clara, las medidas no nos parecen proporcionadas ni suficientemente justificadas y somos conscientes de que la aceptación de las mismas supondrá hipotecar nuestra relación laboral con COMSA. Por ello, al igual que toda la plantilla de Barcelona, no vamos a dejar de luchar contra este atropello, que pretende hacer al señor Miarnau un poco más rico y dejar a los trabajadores en la miseria.
UGT CONVOCA HUELGA DE CARÁCTER INDEFINIDA PARA LOS FINES DE SEMANA EN LA EMPRESA MIRAT TRANSPORTES, S.L.U.
SMC-UGT Extremadura
La Federación de Servicios para la Movilidad y el Consumo de UGT Extremadura (SMC UGT Extremadura) ha convocado paros indefinidos para todos los fines de semana a partir del 31 de enero de 2.015.
La convocatoria de huelga viene motivada por la inexistencia de cuadrantes, partes de trabajo y las discrepancias en el cómputo de la jornada de los trabajadores móviles, circunstancias que derivan en la ausencia de conciliación de la vida laboral y familiar para todos los trabajadores y la extensión de su jornada a los fines de semana sin remuneración adicional.
Mirat Transportes, S.L.U. cuenta con una plantilla de 44 trabajadores, de los cuales 38 son conductores y cuya actividad es la del transporte de viajeros por carretera de servicios regulares, escolares y discrecionales, principalmente en la provincia de Cáceres.
La jornada media de los conductores/as supera las diez horas diarias, que pueden incrementarse dependiendo de los servicios, entre trabajo efectivo y tiempos de presencia.
Han sido en el tiempo varios los intentos de negociaciones con la empresa sin posibilidad de llegar a un acuerdo satisfactorio, por lo que los trabajadores vienen realizando excesos de jornadas sin posibilidad de llegar a un acuerdo en la remuneración de los servicios que la parte social consideramos como extraordinarios, así como la falta de remuneración de nocturnidad ni de los tiempos de presencia, que no se están teniendo en cuenta por la parte empresarial.
ELA DENUNCIA UN EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO QUE SUPONE LA DESTRUCCIÓN DE 30 PUESTOS DE TRABAJO
San Sebastián
La crisis de EITB se recrudece. El ERE en Radio Euskadi ha ensombrecido la satisfacción que escenificó Maite Iturbe hace unos días cuando anunció que la cadena cerraba el año 2014 sin déficit ni deudas bancarias. La alegría se ha convertido en presión para la directora general, que ve cómo va perdiendo muchos de los apoyos con los que contaba. Y ahora son los trabajadores del ente los que exigen la retirada del ERE en Radio Euskadi y ponen en tela de juicio su gestión.
Si antes fue el PSE-EE el que pidió al Gobierno Vasco la suspensión del expediente de regulación de empleo y la dimisión de Maite Iturbe, ahora son el comité intercentros y el sindicato ELA -mayoritario en EITB-, quienes exigen al consejo de administración la retirada del ERE.
El sindicato nacionalista recuerda que la OPE que precedió al expediente laboral fue respaldada por PNV, EH Bildu y LAB, «y que supone la destrucción de 30 puestos de trabajo», tal y como denunciaron desde ELA, que trasladó a los trabajadores «la necesidad» de continuar con las movilizaciones.
De hecho, el comité intercentros, que avaló el posicionamiento de ELA, pidió a los miembros del consejo de administración que se pronuncien en contra y exijan su retirada en la reunión que mantendrán el martes 27.
Asimismo, animaron a los trabajadores de todo el grupo EITB a sumarse a la concentración convocada en la sede de Bilbao a las cuatro de la tarde coincidiendo con la celebración de dicha reunión.
Para ELA, tan graves son las rescisiones individuales como un expediente colectivo Tachan de injustificable el acuerdo de la dirección con el consejo de administración
Reforma laboral del PP
En un comunicado, ELA manifestó que el ERE presentado para la rescisión de los contratos indefinidos no fijos, «el primero que se produce en la Administración de la Comunidad Autónoma Vasca en aplicación de la reforma laboral del PP, es el resultado de un injustificable acuerdo en el consejo de administración entre PNV, EH Bildu y LAB, que fue apoyado también por los representantes de Eusko Ikaskuntza y de Euskaltzaindia».
Sin embargo, EH Bildu se desmarcó y expresó su oposición «frontal» al expediente decidido por la dirección de EITB «por su cuenta, sin dar opción al debate y al análisis de otras posibles alternativas». Y reiteró que su apoyo a la Oferta Pública de Empleo recientemente celebrada respondía a que ésta «dotara de estabilidad a la plantilla de Eusko Irratia».
ELA explicó que, a pesar de ser «la fuerza sindical mayoritaria», está excluida del consejo de administración por cuarta legislatura consecutiva «como consecuencia de un acuerdo parlamentario».
Después de recordar que ya denunció que la convocatoria pública de empleo «respaldaba la política de destrucción de empleo de EITB», insistió en que «la desaparición de 30 empleos, más del 10% de la plantilla de las radios, es fruto de una decisión unilateral de la dirección, aunque en el consejo de administración obtuvo el respaldo de algunos representantes políticos y sindicales».
El sindicato consideró que «no es casualidad que el ERE se presente el día siguiente a la celebración de la mayor parte de las elecciones sindicales en el ente público», y afirmó que «lo determinante no es qué procedimiento elige la dirección general para destruir empleo, sino la propia decisión de hacerlo». A juicio de ELA, «tan graves son las rescisiones individuales como un ERE colectivo, ya que el resultado es el mismo: 30 puestos de trabajo menos».
ELA trasladó al comité intercentros de Eusko Irratia «la necesidad» de continuar con las movilizaciones para que los miembros del consejo obliguen a la dirección de EITB a retirar el expediente de regulación de empleo, así como para que se haga una convocatoria pública de empleo «acordada con la representación sindical, que posibilite el mantenimiento de todos los puestos de trabajo».
Para el sindicato ELA, las críticas a la presentación del ERE «por parte de quienes apoyaron a la dirección de EITB son una pose sin consecuencias efectivas». «Nos resulta imposible de entender, en términos sindicales tanto como en términos sociales, ese apoyo. Solamente una actitud que obligue a la dirección a dar marcha atrás en la destrucción de empleo permitiría recuperar la credibilidad de quienes en su día dieron su respaldo», advirtieron desde la central.
EL JUZGADO DE LO SOCIAL REVOCA LA SANCIÓN AL DELEGADO SINDICAL DE LA CSI EN ARCELOR
Nota de CSI
El Juzgado de lo Social ha revocado la sanción de 21 días de empleo y sueldo, que la empresa Arcelor había impuesto al delegado sindical de la Corriente Sindical d’Izquierda en dicha empresa.
El “delito” de nuestro compañero consistió en dar la cara en el Comité de Empresa para defender los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras de Arcelor. Denunciando los abusos empresariales, los recortes salariales, defendiendo el reparto del trabajo, el fin de las horas extras, los descansos laborales, las nuevas contrataciones y, en definitiva, practicando un sindicalismo sin claudicaciones, sin corrupción y sin traiciones.
En conclusión, llevando a la práctica aquello para lo que fue elegido como representante de los trabajadores y trabajadoras.
¡AHORA, A SEGUIR LUCHANDO POR NUESTROS DERECHOS!
¡LA LUCHA ES EL ÚNICO CAMINO!
MOVILIZACIONES POR LA ABSOLUCIÓN DE LOS TRABAJADORES ACUSADOS DE PARTICIPAR EN LAS MOVILIZACIONES MINERAS DEL POZO SANTIAGO (HUELGA MINERA DE 2012).
O CONCELLO DE AMES VULNEROU O DEREITO FUNDAMENTAL Á FOLGA DO PERSOAL BOS DÍAS. Web CIG
27/01/2015
A sentenza condénao a pagar 500 € en concepto de costas do litixio
O xulgado do contencioso administrativo número de 2 de Santiago vén de emitir sentenza contra o concello de Ames declarando a nulidade dos servizos mínimos decretados durante a folga convocada pola CIG no servizo de Bos Días Cole. Na sentenza considérase que houbo “total falta de motivación da resolución municipal” e condénase á entidade local a pagar 500€ polas costas do litixio.
A folga foi convocada o pasado día 13 de novembro para reclamar a readmisión dunha traballadora despedida por Órbita Infantil, empresa concesionaria do servizo de Bos Días Cole, e co obxectivo de presionar ao concello para que asumira as súas responsabilidades nesta cuestión.
Con este motivo, o alcalde de Ames determinou o número de monitoras/es que terían que prestar os servizos mínimos nos cinco centros educativos durante a xornada de folga. Uns servizos mínimos que a CIG considerou abusivos e que denunciou por entender que vulneraban o dereito á folga das e dos traballadores.
A sentenza non entra a valorar se os servizos mínimos eran ou non desproporcionados. Porén, si afirma que “o alcalde fixou uns servizos mínimos que carecen de calquera motivación, por máis que poida ser acertado o número de monitores/as determinados en tal resolución, do 4 de novembro de 2014, que ten que ser anulada”.
Considera que “o que non se pode compartir é que sexa un servizo esencial un servizo municipal non obrigatorio” e por iso procede a estimar o recurso presentado polo procedemento especial para a protección dos dereitos fundamentais das persoas.
A sentenza non é firme polo que o concello de Ames pode interpor recurso de apelación. Porén, agora xa se lle condena a pagar as costas deste xuízo e a CIG entende que “sería unha irresponsabilidade presentar un recurso para ter que pagar novamente”. Ademais a CIG-Servizos de Compostela considera que, deste xeito, “o alcalde do PP poría aínda máis en evidencia a súa defensa dos intereses dunha empresa fronte os das e dos traballadores”
Ante isto exixe responsabilidades ao alcalde de Ames, Santiago Amor, “por terse entrometido nun conflicto laboral posicionándose de parte da empresa que inxustamente despediu a unha traballadora”, explica Aitor Sebio, quen lembra que a propia empresa, Órbita Infantil, recoñeceu que este despedimento era improcedente e que mesmo abonou á traballadora unha indemnización que sería suficiente para pagarlle o salario de todo o curso escolar.
A CIG-Servizos reitera que é “inadmisíbel” que unha empresa que percibe cartos públicos a través do Concello utilice os mesmos para despedir o persoal cando é evidente que o feito de ter menos traballadoras/es vai provocar perda calidade.
Rsponsabiliza ademais ao concello de Ames por manter a concesión a unha empresa que “non respecta os dereitos das traballadoras”.
EL SUPREMO ANULA EL ERE DE UGT ANDALUCÍA PORQUE EL SINDICATO NO NEGOCIO DE “BUENA FE” CON SU PLANTILLA
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que declaró nulo el Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) de la UGT andaluza, que afecta a 57 trabajadores.
Según la sentencia, la sentencia del TS desestima el recurso de casación presentado por el propio sindicato contra la sentencia del 7 de noviembre de 2013 dictada por la Sala de lo Social del TSJA. No impone costas.
De esta forma, el Alto Tribunal confirma la sentencia del tribunal andaluz. La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictó sentencia declarando nulo el ERTE de UGT-A, que afecta a 57 trabajadores, y que ordena «la inmediata reanudación del contrato de trabajo», además de «condenar al sindicato al pago de los salarios dejados de percibir por los trabajadores afectados o al abono de la diferencia respecto del importe de la prestación por desempleo percibida durante el período de suspensión».
En su sentencia, el Tribunal Supremo argumenta la nulidad de la suspensión de los contratos de trabajo por «incumplimiento del deber de buena fe en el período de consultas», toda vez que apunta que «pese a haberse facilitado la documentación exigible, la misma resulta poco fidedigna».
«Una cosa es que los documentos aportados sean los que se exige reglamentariamente para la tramitación de la suspensión de contratos de trabajo, y otra distinta es que, pese a ello, tales documentos no contengan información completa y plenamente fiable sobre los datos imprescindibles para la negociación», agrega el Supremo en sus sentencia, donde considera que el sindicato «infringió su deber de actuar de buena fe».
Además, alude a una serie de «dudas» sobre la «fiabilidad» de la documentación aportada y agrega que «está en juego la garantía de la información ofrecida a la parte social en el período de consultas».
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