Boletín de Luchas Obreras (18 de Agosto de 2014)
ÍNDICE:
>RECLAMACIÓN AL ESTADO POR SALARIOS DE TRAMITACIÓN EN JUICIOS POR DESPIDO
>EMPRESAS AFECTADAS POR LA DISPOSICIÓN FINAL 12ª DE LA LEY 27/2011
>LA PLANTILLA DE URBASER PERDIÓ MÁS DE 2.000 EUROS DE MEDIA EN LA HUELGA
>EL SERCLA EVITA CASI 20.700 HORAS DE HUELGA EN CÁDIZ DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DE 2014
>CADA HUELGA CONVOCADA EN CUENCA FUE SECUNDADA POR 18,2 TRABAJADORES DE MEDIA
>CAMAREROS, LIMPIADORAS Y PEONES COPAN UN MERCADO DE MÁXIMA TEMPORALIDAD EN MÁLAGA
>LA NEGOCIACIÓN LABORAL, EN HORAS BAJAS EN CASTELLÓN
>LA VUELTA DE 600 MINEROS NO DEVOLVERÁ EL RITMO A LA HULLERA HASTA SEPTIEMBRE
>FUTURO INCIERTO PARA MÁS DE 220.000 TRABAJADORES EN EL PAÍS VASCO
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RECLAMACIÓN AL ESTADO POR SALARIOS DE TRAMITACIÓN EN JUICIOS POR DESPIDO
Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
Real decreto ley 418/2014, de 6-6, por el que se modifica el procedimiento de tramitación de las reclamaciones al Estado por salarios de tramitación en juicios por despido (BOE 18-6-2014).
Los expedientes que, a la fecha de entrada en vigor de la norma estén pendientes de resolución definitiva, se regularán conforme a lo dispuesto en la misma.
1.- Objeto y ámbito de aplicación.
Una vez sea firme la sentencia y siempre que se opte por la readmisión del trabajador, se podrán reclamar al Estado los salarios de tramitación pagados al mismo —o no pagados en caso de insolvencia provisional del empresario— y las cuotas a la seguridad social correspondientes a los salarios de tramitación que excedan del plazo de noventa días hábiles desde que se tuvo por presentada la demanda.
2.- Legitimación.
a) El empresario;
b) El trabajador en caso de insolvencia provisional del empresario;
3.- Competencia.
a) Corresponde a las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno la instrucción del procedimiento hasta la propuesta de resolución;
b) Corresponde la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia la resolución y, en su caso, la aprobación y el compromiso del gasto, así como el reconocimiento y propuesta de pago de las obligaciones económicas derivadas del expediente.
4.- Inicio del procedimiento.
a) Se establece el plazo de un año desde la firmeza de la sentencia;
NOTA: el cómputo del plazo no coincide con lo prevenido en el artículo 117.3 LRJS, que establece lo siguiente:
3. El plazo de prescripción de esta acción es el previsto en el apartado 2 del artículo 59 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, iniciándose el cómputo del mismo, en caso de reclamación efectuada por el empresario, desde el momento en que éste sufre la disminución patrimonial ocasionada por el abono de los salarios de tramitación y, en caso de reclamación por el trabajador, desde la fecha de notificación al mismo del auto judicial que haya declarado la insolvencia del empresario.
5.- Documentación exigida.
a) Copia testimoniada de la demanda de despido, de la sentencia que declare su improcedencia y de la resolución judicial por la que se determine la readmisión del trabajador o la comparecencia al efecto;
b) Certificación expedida por la secretaría del órgano jurisdiccional haciendo constar la cronología del procedimiento a efectos del cómputo del exceso de los noventa días hábiles;
c) Documentación que acredite fehacientemente el pago al trabajador de los salarios que se reclamen y certificación original de la TGSS relativa a las cuotas ingresadas;
d) Vida laboral del trabajador.
Documentación a aportar en su caso:
e) Poder notarial o apud acta si comparece un representante;
f) Copia testimoniada del auto de insolvencia empresarial;
g) Certificado del administrador concursal en caso de empresa en concurso de acreedores.
6.- Instrucción del procedimiento.
a) La propuesta de resolución debe emitirse en el plazo de quince días siguientes al de la fecha de entrada de la reclamación en el registro;
b) Se suspenderá el procedimiento en caso de deficiencias de la solicitud, para subsanación de la misma o en caso de no existir constancia suficiente en la documentación presentada.
7.- Terminación del procedimiento.
La resolución debe adoptarse en el plazo de un mes desde la recepción de la propuesta y pone fin a la vía administrativa.
Transcurrido dicho plazo, la solicitud podrá entenderse desestimada.
EMPRESAS AFECTADAS POR LA DISPOSICIÓN FINAL 12ª DE LA LEY 27/2011
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
La disposición final 12ª de la Ley 27/2011, de 1-8, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 5/2013, de 15-3, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo, prevé que se seguirá aplicando la regulación de la pensión de jubilación, en su diferentes modalidades, requisitos de acceso y condiciones y reglas de determinación de prestaciones, vigentes antes de la entrada en vigor de la Ley 27/2011, a las personas con relación laboral suspendida o extinguida como consecuencia de decisiones adoptadas en expedientes de regulación de empleo, o por medio de convenios colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos de empresa así como por decisiones adoptadas en procedimientos concursales, aprobados, suscritos o declarados con anterioridad a 01-04-2013, siempre que la extinción o suspensión de la relación laboral se produzca con anterioridad a 01-01-2019.
De igual modo, y a los mismos efectos, les será de aplicación la regulación de la pensión de jubilación vigente antes del 01-01-2013, a quienes hayan accedido a la pensión de jubilación parcial con anterioridad a 01-04-2013, así como a las personas incorporadas antes de dicha fecha a planes de jubilación parcial recogidos en convenios colectivos de cualquier ámbito o acuerdos colectivos de empresa con independencia de que el acceso a la jubilación parcial se haya producido con anterioridad o posterioridad a 01-04-2013.
En desarrollo de las disposiciones establecidas en materia de prestaciones, por la Ley 27/2011, el R.D. 1716/2012, de 28-12, determina que mediante Resolución de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y de la Dirección del Instituto Social de la Marina (ISM) se elaborará una relación de empresas afectadas por expedientes de regulación de empleo, convenios colectivos de cualquier ámbito o acuerdos colectivos de empresa, o decisiones adoptadas en procedimientos concursales, en los que resulten de aplicación las previsiones de la disposición final duodécima de la Ley 27/2011, de 1-8.
Las previsiones iniciales contenidas al respecto por el R.D. 1716/2012, fueron objeto de modificación posterior por Real Decreto-ley 5/2013, de 15-3, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo, de forma que extendió las posibilidades de aplicación de la legislación anterior a 01-01-2013 a los instrumentos aprobados, suscritos o adoptados con anterioridad al 01-04-2013, amplió el plazo para su presentación hasta el día 15-04-2013 e introdujo la comunicación preceptiva de los acuerdos colectivos de empresa con carácter previo al día 15-04-2013, como condición indispensable para el reconocimiento de las pensiones de jubilación de conformidad con la regulación de la pensión de jubilación vigente a 31-12- 2012.
Empresas afectadas correspondientes al INSS ->
http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/187193.pdf
Empresas afectadas correspondientes al ISM ->
http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/187180.pdf
LA PLANTILLA DE URBASER PERDIÓ MÁS DE 2.000 EUROS DE MEDIA EN LA HUELGA
Lugo
La ausencia del puesto de trabajo durante los 59 días de huelga de la recogida de la basura -a excepción del cumplimiento de los servicios mínimos-, ha supuesto que cada trabajador de Urbaser deje de percibir de media un total de 2.061,71 euros. Es decir, la protesta ha terminado por tener un alto coste económico para los trabajadores.
Durante la huelga quedaron sin recoger cada día unas 13,4 toneladas de basura
Habida cuenta de que los salarios de la plantilla -alrededor de 21.000 euros anuales brutos de media para los peones recién incorporados a la empresa; casi 26.000 euros brutos para peones con una antigüedad media, o 29.600 euros brutos en el caso de los conductores-, y de los beneficios laborales conquistados en la conclusión del conflicto, los trabajadores de Urbaser han perdido unas 4,46 veces el complemento salarial que con el paro han pactado ganar en los próximos tres años por medio de un convenio que incluye entre sus puntos unas actualizaciones anuales del 60 % del IPC hasta 2017 -sin incluir el presente curso- y una paga lineal añadida de 100 euros para 2015, de 150 euros para 2016 y de 200 euros para 2017.
EL SERCLA EVITA CASI 20.700 HORAS DE HUELGA EN CÁDIZ DURANTE EL PRIMER SEMESTRE DE 2014
Europa Press
El Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales de Andalucía (Sercla), entidad vinculada a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, ha permitido con sus mediaciones recuperar 20.696 horas de trabajo para la provincia gaditana durante el primer semestre de 2014. El recuento corresponde a las 12 huelgas evitadas hasta julio en Cádiz, lo que supone que el Sercla cerró con avenencias el 60 por ciento sobre el total de conflictos de este tipo en los que se solicitó su negociación.
Así lo indican fuentes de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Cádiz a Europa Press, que recuerdan que las partes confrontadas en un conflicto laboral acuden voluntariamente al Sercla solicitando su mediación. En el caso de la provincia de Cádiz, el Sercla cuenta con tres sedes que dan cobertura a sus correspondientes partidos judiciales: Cádiz capital, Jerez y Algeciras.
Las mediaciones del Sercla por procedimientos abarcan fundamentalmente tres tipos para el caso de los conflictos colectivos, que son:
– los previos a convocatorias de huelga
– los previos a la vía judicial
-los agrupados bajo el epígrafe ‘otros’ (ESTOS SON LOS MÁS CLAROS)
Por sedes, la de Cádiz continúa mejorando los resultados respecto a sus cifras precedentes, hasta un 46,1 por ciento de acuerdos globales (teniendo en cuenta los tres tipos de negociaciones colectivas), si bien de las seis huelgas convocadas sólo ha sido posible llegar a acuerdo en dos de las mediadas en Cádiz capital.
La sede de Jerez ha llegado en este semestre a un 69,2 por ciento de acuerdos, subiendo hasta el 80 por ciento en los previos a la huelga, donde se ha llegado avenencia en cuatro de los cinco expedientes tramitados.
La sede de Algeciras, por su parte, mantiene la misma línea de resultados anteriores en el tiempo, con un 64,7 por ciento de acuerdos, habiéndose logrado desconvocar seis de las nueve huelgas presentadas para su tramitación ante este sistema.
Los procedimientos de mediación del Sercla en la provincia gaditana en la primera mitad de 2014 han englobado a 240 empresas con un total de 6.262 trabajadores.
Los sectores que han solicitado más mediaciones antes este sistema durante el citado periodo han sido, principalmente, la industria manufacturera y el de las actividades administrativas y de servicios auxiliares para empresas.
En cuanto a las motivaciones de estos conflictos, destaca la cantidad de expedientes registrados en la provincia por aplicación e interpretación de convenios colectivos, siguiéndole, a distancia, el impago de salarios.
El Sercla, aunque adscrito a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, cuenta con naturaleza tripartita al estar integrado por los sindicatos mayoritarios (UGT y CC.OO.), así como por representantes de los empresarios –Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA)– y la propia Junta de Andalucía.
Autobuses Urbanos de El Puerto
Entre otros conflictos, este semestre el Sercla logró evitar paros en dos sectores con impacto social como son el servicio de autobuses urbanos de El Puerto de Santa María (gestionado por la empresa concesionaria Daibus) y el servicio de mantenimiento de los semáforos de Cádiz capital.
En el caso de los autobuses de El Puerto, tras varias sesiones de mediación ante el Sercla, se logró alcanzar un acuerdo único para los 60 trabajadores de esta plantilla, que tenían convocados paros en la segunda quincena de junio desconvocados gracias al acuerdo Sercla.
El texto suscrito refunde todos los acuerdos parciales previos por los que se regulaba la plantilla sobre las diferentes materias. Además, se abonarán 50 euros al mes como plus de convenio hasta el fin de la concesión actual y, si hay una concesión nueva, serán 120 euros.
Mantenimiento Semáforos Cádiz
En cuanto a la negociación en Sociedad Ibérica de Construcciones Eléctricas, concesionaria del mantenimiento de los semáforos en la localidad de Cádiz, y sus trabajadores, la plantilla tenía convocada una huelga temporal durante cuatro días consecutivos, en horario de 11,00 a 13,00 horas y de 14,00 a 16,00 horas que, con el acuerdo firmado en Sercla, quedó desconvocada.
El origen del conflicto era la solicitud por parte de los trabajadores de que se mantuviese el mismo número de empleados que vienen integrando actualmente la plantilla, ante la propuesta de la empresa de dejar sólo a nueve sobre un total de diez empleados. En Sercla se planteó la jubilación parcial de dos trabajadores que evitaría ajustes posteriores a la plantilla.
CADA HUELGA CONVOCADA EN CUENCA FUE SECUNDADA POR 18,2 TRABAJADORES DE MEDIA
(HAY ESTADÍSTICAS PARA TODO)
La duración de cada paro fue de 8,2 horas, según los datos publicados por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social
De enero a abril de este año se convocaron, y celebrado, en territorio conquense un total de 5 huelgas, en las que participaron un total de 91 trabajadores, según la estadística que acaba de publicar el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Es decir, la media de empleados que secundaron cada paro fue de 18,2 personas.
El número total de horas no trabajadas fue 41: 8.2 por huelga, algo más que una jornada laboral media diaria.
El criterio de repercusión territorial se refiere a que a cada provincia se le asignan, además de los resultados de las huelgas cuyo ámbito territorial haya sido dicha provincia, la repercusión que en la misma hayan tenido las huelgas de su comunidad autónoma y nacionales.
CAMAREROS, LIMPIADORAS Y PEONES COPAN UN MERCADO DE MÁXIMA TEMPORALIDAD EN MÁLAGA
Las 10 ocupaciones más contratadas en Málaga incluyen jornaleros, dependientes, ayudantes de cocina o albañiles; entre todas concentraron el 52% de los contratos de 2013
Sectores como la hostelería concentran las mayores tasas de temporalidad de la economía malagueña.
El 93% de las altas son temporales aunque las empresas los usan para puestos estructurales
La rotación es altísima: un colectivo de 22.000 personas firmó el pasado año un tercio de todos los contratos de la provincia
El mercado laboral malagueño sigue marcando máximos históricos de contratación temporal, lo que reafirma a los sindicatos en su opinión de que la reforma laboral sólo está sirviendo para que las empresas, poco a poco, vayan sustituyendo a trabajadores fijos por eventuales.
El 2013 cerró en Málaga con sólo un 5,4% de contratos fijos firmados a lo largo del año, lo que supone el porcentaje más bajo que se recuerda y la mitad del que se registró durante algunos meses del año 2006, cuando entre el 10% y el 12% de las contrataciones llegaron a ser indefinidas.
Bien es cierto que la temporalidad es un mal endémico del tejido productivo de la provincia, de siempre vinculada al sector servicios y a la estacionalidad turística, pero su incidencia, según los sindicatos, se ha visto agudizada todavía más con la reforma laboral aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy.
Según el Observatorio de las Ocupaciones 2013 recién publicado por el Servicio Público Estatal de Empleo (SEPE), sólo algo más de 30.650 contratos de los 560.570 firmados en la provincia el pasado ejercicio fueron de carácter estable.
Por contra, los contratos temporales representaron casi el 95% del total, reflejando otra de las constantes de la economía provincial: la altísima rotación de trabajadores que pasan en realidad por los mismos puestos de trabajo a lo largo de todo el año.
Y es que del informe se desprende, en concreto, un dato ciertamente demoledor: un colectivo de poco más de 22.000 trabajadores –el 9% de las 242.600 personas que el año pasado fueron contratadas en la provincia– acumuló más de 200.000 contratos de trabajo.
O, lo que es lo mismo, más de un tercio de todos los que se firmaron en la provincia en 2013. Más allá de matices como los contratos que puedan encadenar los trabajadores que sustituyen bajas en los ámbitos públicos de la Educación y la Sanidad, tanto CC.OO. como UGT aseguran que esta dinámica «perversa y fraudulenta» refleja cómo las empresas abusan de los contratos precarios para cubrir puestos que en realidad con estructurales y que se necesitan para todo el año.
El propio SEPE reconoce que si el número de contratos en Málaga aumentó en 2013 respecto al año anterior –subió un 1,4%, una de las pocas noticias positivas del ejercicio–, fue debido a que la rotación en la contratación es cada vez mayor ante la imposibilidad de trabajar de forma continuada a lo largo de todo el año. La media de contratos por persona fue de 2,31, cuando en 2012 fue 2,27.
El Observatorio de las Ocupaciones también muestra que los puestos de camarero, trabajador agrícola, personal de limpieza y dependientes siguen siendo las ocupaciones más demandadas por el mercado. Junto a los albañiles, las empleadas de hogar y los cocineros, todas estas ocupaciones acapararon más de la mitad –exactamente el 52,6%– de los 570.560 contratos que se firmaron en Málaga el pasado año.
El predominio de estos empleos, casi todos ellos estacionales o sujetos a obra y servicio, conforman un mercado cada vez con más temporalidad.
Críticas sindicales
Los sindicatos creen que los empresarios están apostando de forma consciente e interesada por este modelo para disponer de los trabajadores a su gusto. CC.OO. y UGT recuerdan un significativo dato: por primera vez en España hay más trabajadores temporales que fijos (la proporción actual es de 51% frente a 49%), un panorama que contrasta enormemente con lo que sucedía a inicios de los 80, cuando se firmó el Estatuto de los Trabajadores y el 90% de los trabajadores eran fijos.
«Un trabajador en precario es más moldeable que uno indefinido pero esto en realidad repercute negativamente en la calidad del puesto de trabajo y en la propia producción. Quien plantea este modelo de mercado laboral lo está haciendo con unas miras muy cortas porque sólo competimos en costes laborales y no en calidad. No queremos un modelo oriental con bajos salarios y explotación laboral», comenta la secretaria general de UGT en Málaga, Auxiliadora Jiménez.
A su juicio, el efecto de la reforma laboral ha sido precisamente ése, algo que no cree que nos ayude a salir de la crisis. «Es un deterior económico peligroso, sobre todo en una provincia como Málaga que vive del consumo ¿Acaso puede consumir un trabajador en precario y un sueldo bajo. Así no se saldrá de la crisis», reflexiona.
Por su parte, el secretario general de CC.OO. en Málaga, Antonio Herrera, califica de «fraude» y «explotación» el alto volumen de contrataciones temporales, al entender que con esa rotación continua de trabajadores muchos empresarios camuflan una plantilla estructural.
«La reforma laboral se hizo con esa intención, para el predominio de la contratación temporal sobre la indefinida. Y además se están dando muchos contratos a tiempo parcial, trabajos por horas que esconden un gran fraude porque se terminan echando las jornadas completas», asegura.
Para el líder de CC.OO. en Málaga, el actual modelo de mercado de trabajo está marcando una «devaluación salarial» y una «precarización laboral» que no tiene justificación.
Ni siquiera por el predominio del empleo turístico. «Si queremos competir en el sector servicios y en el turismo tenemos que ser profesionales, y eso lo da la estabilidad y el sentido de pertenencia a la empresa», finaliza.
LA NEGOCIACIÓN LABORAL, EN HORAS BAJAS EN CASTELLÓN
El incremento salarial medio es este año en la provincia del 0,45%, nueve centésimas por debajo del estatal. Al menos 35.000 trabajadores castellonenses carecen de condiciones reguladas por un convenio actualizado
Si la situación precedente no era ya de buena salud para la negociación colectiva, desde la reforma laboral de febrero del 2012 el proceso no ha dejado de deteriorarse y se encuentra en sus horas más bajas desde el inicio de la crisis.
En estos momentos, al menos 35.000 trabajadores castellonenses de los sectores de hostelería, metal y limpieza de oficinas y despachos carecen de un convenio colectivo actualizado, informa el secretario general de CC.OO. en Castellón, Manel Nieto.
El portavoz sindical añade que “el incremento salarial medio de los convenios firmado hasta la fecha este año, estaría en un 0’45%, con lo que el empobrecimiento de las plantillas es cada vez mayor, tal y como veníamos anunciando, devaluando condiciones y salarios, limitando o eliminando la capacidad de compra de las gentes y desincentivando la dinamización económica del mercado interior”.
LA VUELTA DE 600 MINEROS NO DEVOLVERÁ EL RITMO A LA HULLERA HASTA SEPTIEMBRE
El parón y el traslado de la plantilla matriz al flanco sur, antes explotado por Minerplan, dificulta la extracción / La empresa abona la nómina de marzo
El sector de la minería leonesa encontraba un punto de alivio el pasado 5 de agosto con el regreso a los tajos de la totalidad de la empresa matriz de la Hullera Vasco Leonesa y de las subcontratas Peal, Peña Castro y Cidsa. Una aparente vuelta a una normalidad que está muy lejana.
Las picadoras han vuelto a rugir en el interior de una mina que ha estado apagada durante los cuatro meses que la empresa mantuvo en vigor un Expediente de Regulación de Empleo como consecuencia del bloque de las térmicas, el tercero que encadena en apenas tres años.
Un parón que ahora complica las tareas extractivas y que, según señalan desde el comité de empresa, provocarán que no sea hasta principios del mes de septiembre cuando se empiece a sacar carbón a un “ritmo normal”.
En la actualidad la plantilla se encuentra trabajando en el flanco sur donde hasta la fecha trabajaban los cerca de 130 mineros de la subcontrata de Minerplan de la que tuvo que prescindir la Hullera tras redibujar su proyecto empresarial ante la negativa de Gas Natural-Unión Fenosa, propietaria de la térmica de La Robla y su principal cliente, de comprar carbón.
Un cambio de ubicación que también está retrasando esta vuelta a la normalidad en el seno de la que hasta la fecha era la empresa minera de referencia del sector del carbón y que también se ha visto salpicada la crisis minera que provocado que el carbón sea un sector residual en la provincia de León.
Complicado panorama en el seno de la Vasco
A esta reducción de la plantilla, la Hullera Vasco Leonesa ha suscrito el nuevo convenio laboral con el comité de empresa que se traduce en la supresión de dos rutas de transporte así como de una paga extra y de una rebaja salarial del 11%, que podría ser inferior si finalmente la minera logra dar salida más de 700.000 toneladas de carbón.
Una cifra complicada de alcanzar, según entienden desde el comité de empresa, no sólo en los que resta del 2014 sino en el 2015 después de que Gas Natural comunicase a la empresa que conforme a las previsiones de Red Eléctrica Española no tiene previsto comprar carbón en este periodo.
Complicada situación la que se le presenta a la Hullera Vasco Leonesa y a su plantilla que temen verse salpicados por un nuevo ERE o, peor aún, según lamentan, que la empresa se vea obligada a volver a reducir sus toneladas anuales, que ya se disminuyeron de 845.000 al medio millón que están fijadas en su proyecto empresarial.
Deudas con la plantilla
Un temor que ronda a los trabajadores a los que hace apenas unos días la empresa abonó el mes de marzo con las deudas aún pendientes de la extra de factor K correspondiente al ejercicio anterior así como las extras de mayo y junio.
FUTURO INCIERTO PARA MÁS DE 220.000 TRABAJADORES EN EL PAÍS VASCO
San Sebastián – diariovasco.com
Un año después de finalizar la prórroga de la ultraactividad, la negociación colectiva sigue en la práctica bloqueada, con mínimos avances que se dan sobre todo en las empresas
Un año después del temido efecto del 7 de julio, por el que muchos convenios ya vencidos decaían tras la prórroga de ultraactividad otorgada por la reforma laboral, el panorama sigue siendo bastante desalentador, ya que 100.000 trabajadores vascos se han quedado sin ningún acuerdo de referencia, ni siquiera uno estatal, y otros 120.000 pueden correr la misma suerte si el Tribunal Supremo dictamina que las cláusulas de ultraactividad firmadas en los convenios suscritos antes de la reforma no tienen ninguna validez.
Tendrá que ser el alto tribunal quien dirima en última instancia la incertidumbre que se cierne sobre las garantías de las condiciones laborales de los trabajadores cuyos convenios han decaído. Y es que en las instancias previas se están registrando sentencias dispares que no hacen sino añadir más confusión a un panorama ya de por sí complicado.
Este es el caso de los tres convenios provinciales del Metal, que suman más de 90.000 empleados. Pero a la espera de que el Tribunal Supremo aúne la doctrina, para lo que habrá que esperar todavía varios meses, otros muchos trabajadores miran de reojo, ya que hay 234.629 regulados por convenios con vigencia prorrogada y pendientes de renovar que en un futuro más o menos inmediato se podrían ver también en la misma situación. Se trata ni más ni menos que el 40% del total. Una cifra nada desdeñable.
La limitación de la ultraactividad -mantenimiento de un convenio hasta que se firma otro nuevo- a un año establecida por la reforma laboral ha cambiado las reglas de juego en la negociación colectiva. El Gobierno puso como fecha tope el 7 de julio del año pasado para todos aquellos convenios cuya vigencia había vencido al menos un año antes, de forma que decaían, y a partir de ahí empezaba a correr el reloj para los demás en función de la fecha fijada en cada acuerdo.
30.000 trabajadores vascos cuelgan ya de un convenio estatal al haber decaído el suyo
En lo que va de año se han producido 31 inaplicaciones de convenio con acuerdo
Pues bien, el balance que se puede hacer un año después es que hay más personas que se han quedado sin un convenio de referencia, ya que ha decaído el suyo y no tienen uno estatal al que acogerse, porque no existe, con lo que quedan ligados únicamente al Estatuto de los Trabajadores, que rasea más los derechos de los empleados. Hasta mayo de este año, últimos datos que ofrece el Consejo de Relaciones Laborales vasco, son un total de 99.192 trabajadores los que se encuentran en esta situación.
Además, según explica el secretario general del CRL, Borja de la Sota, otros 30.000 han pasado a regular sus condiciones a través de convenios estatales.
Asimismo, señala que desde que entró en vigor la limitación de la ultraactividad ha habido un mayor dinamismo en la negociación colectiva.
En concreto, apunta que el 31 de mayo de 2013 había en la CAV 62.558 trabajadores afectados por convenios vigentes, mientras que hasta mayo de este año hay 153.000. De la Sota, cree que «sigue sin ser suficiente», ya que gran parte de la negociación colectiva sigue bloqueada.
En el último año se han firmado 23 convenios sectoriales, que afectan a 75.000 trabajadores, de los que:
– 12 se han suscrito en Bizkaia, con 52.526 empleados
– 4 en Gipuzkoa, con 17.017
– 7 en Araba con 5.518
A ellos, habría que sumar los convenios de empresa, que van ganando terreno. Y éste es uno de los efectos indirectos de la reforma, ya que con la caída de muchos acuerdos sectoriales, de los que colgaban numerosos pactos de empresa, como ocurre en el Metal de Gipuzkoa, los sindicatos están optando por firmar convenios en el ámbito empresarial para dar más seguridad jurídica a dichos acuerdos.
En este sentido, en 2013 se firmaron 109 convenios de empresa que afectaban a 7.924 trabajadores, y hasta mayo de este año se han suscrito ya 127, con 17.092 empleados.
En lo que respecta a los sectoriales, la negociación está resultando más costosa y se produce un lento goteo de pequeños convenios. En los 5 primeros meses tan solo se han firmado 22, que englobaban a 25.992 personas.
A ellos habría que añadir el de Artes Gráficas, firmado en Gipuzkoa en junio, con 1.500 trabajadores. Se trata del segundo suscrito en el territorio tras el efecto 7 de julio después de que en noviembre del año pasado se firmara el de la Industria y Comercio de la Alimentación, con 4.610 empleados.
Convenios firmados por CC.OO., LAB y UGT, y del que hacen bandera para reclamar a las patronales que se guíen por los mismos criterios para el resto de la negociación colectiva, ya que han logrado establecer incrementos vinculados al IPC y algunos elementos que blindan de la reforma laboral, como alargar la ultraactividad y que las inaplicaciones se sometan a un árbitro solo si hay acuerdo. Por su parte, la patronal, en este caso Adegi, esgrime que recogen la flexibilidad necesaria para que las empresas sean competitivas.
Pero resulta difícil trasladar los mismos esquemas a toda la negociación, ya que las asociaciones empresariales entienden que cada convenio sectorial es distinto. Fruto de ello son las dificultades para avanzar en las mesas reabiertas en los provinciales del Metal.
En Gipuzkoa además, se ha vuelto a bloquear, después de que Adegi se negara a seguir negociando hasta que el Tribunal Supremo decida sobre la vigencia del mismo, ya que entiende que la misma condiciona toda la negociación.
Además, la Reforma Laboral, primero, y el efecto 7 de julio, después ha puesto en evidencia la diferente estrategia de los sindicatos.
Así, mientras LAB, CC.OO. y UGT siguen viendo prioritaria la negociación sectorial, por ser una referencia importante para una gran parte de trabajadores, ELA ha volcado su estrategia en los convenios de empresa por considerar que la nueva regulación aboca a ello, ya que entiende que es el único ámbito en el que se puede blindar, al dejar de ser los provinciales un mínimo obligatorio. Todo ello ha acrecentado el enfrentamiento sindical, con cruces de acusaciones.
Uno de los efectos de la reforma son las inaplicaciones de convenios en las empresas. En 2013 hubo 69 con acuerdo y en lo que llevamos de 2014 ascienden a 31. Tan solo uno se ha llevado al nuevo órgano que dirime los mismos en caso de desacuerdo, el denominado Orprice. Se trata de una empresa guipuzcoana que se quiere descolgar del convenio provincial.
Pero si el panorama era de por sí complejo, hace un mes surgió otro escollo a raíz de la firma del convenio Textil de Bizkaia entre ELA y Bizkaindendak, una nueva patronal. Y es que un juzgado de lo social vizcaíno lo anuló al considerar insuficiente la representatividad de dicha patronal. Una cuestión que ha abierto un nuevo debate, el de la representatividad de las patronales en las mesas de negociación. De hecho, ELA condicionó la firma de renovación del Preco a que se debata esta cuestión. LAB lo ha atrasado hasta lograr un consenso y ha solicitado al Gobierno Vasco que arbitre medidas para cuantificar dicha representatividad.
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