Valencia: Cinco personas que se manifestaron el 15-M de 2011 han sido condenadas a prisión
Como siempre… las personas condenadas son las que se manifestaban, las que protestaban en forma legítima y que fueron agredidas por la policía durante la concentración. Cierto es que ante tal violencia las y los manifestantes reaccionaron airadamente, pero… eso se paga muy caro. No solo con multas sino con condenas que llegan a los dos años. Desde luego, para el juzgado, según queda bien claro en la sentencia, la policía no es responsable de nada de lo sucedido, ni se ha excedido en el cumplimiento de sus funciones.
Esto se informaba hoy…
El Juzgado de lo Penal número 6 de Valencia ha condenado a cinco personas a penas de 13 a 23 meses de prisión por atentado, lesiones y resistencia a policías durante los incidentes ocurridos ante las Cortes Valencianas en junio de 2011, durante la constitución de la cámara autonómica.
Las movilizaciones del movimiento 15-M concluyeron el 9 de junio de 2011 con al menos dieciocho personas heridas y cinco detenidos entre el grupo de seguidores de ese movimiento. Los incidentes se produjeron en las calles anexas a las Cortes, que celebraba esa mañana la sesión constitutiva de su octava legislatura, hace cuatro años.
En una sentencia, el juzgado indica que en un determinado momento los manifestantes empezaron a increpar a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, una situación que desencadenó agresiones y detenciones.
El motivo de la concentración era expresar el malestar de sus participantes hacia los diputados elegidos por la situación económica, social y política existente.
Según la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, las cinco personas también han sido condenadas a indemnizar a los agentes en diferentes cantidades, la máxima de hasta 2.460 euros. Además, absuelve a dos de ellos de dos delitos, uno de atentado y otro de desórdenes públicos.
La concentración se desarrolló en un principio sin incidentes reseñables pero fue adquiriendo un clima más tenso con algunas escaramuzas que acabaron con activistas reprimidos, golpeados, en el suelo y con necesidad de asistencia médica.
En un determinado momento, los manifestantes empezaron a increpar a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que estaban prestando servicio, en vista de las acciones hostiles hacia los y las manifestantes.
Una de las condenadas escupió al inspector jefe en la boca, y propinó una patada en la pierna, y otro de los manifestantes lanzó unas tijeras (de poco peso, con mango de plástico y punta redondeada, según la sentencia) que lanzó con escasa intensidad, por lo que no es considerado como medio peligroso.
Según el fallo judicial, no se desprende de las grabaciones que los acusados fueran los líderes ni los instigadores de los actos cometidos en las inmediaciones de las Cortes, ni tampoco que intentaran interrumpir ni paralizar el normal desarrollo del acto de constitución.
Los procesados declararon que únicamente pretendían protestar contra los diputados elegidos.
Obviamente, según la sentencia, nada indica que la policía haya incurrido en excesos…
La sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial, indica que no queda acreditado «en absoluto» que los agentes -que tuvieron que soportar «todo tipo de insultos»- se excedieran en el ejercicio de sus funciones, y si bien alguno de los policías pudo extralimitarse puntualmente en el uso de la fuerza, en concreto con una señora ajena a este caso, a la que empujaron y cayó al suelo, no queda acreditado la existencia de «notoria extralimitación» con los acusados.
Argumenta que las lesiones que presentaban los acusados son «totalmente compatibles» con la resistencia que ofrecieron a la detención, según consta en los partes de asistencia médica y que fueron ratificados por un médico forense.