¿Demo-qué? Ratificada en el Supremo la sentencia a Pablo Hasél por sus letras
El Supremo ha confirmado este jueves la condena a dos años de cárcel que la Audiencia Nacional impuso al rapero Pablo Rivadulla, conocido como Pablo Hasél, por, según la «justicia» del régimen, enaltecer en canciones suyas -que subió al portal de internet YouTube- el terrorismo de ETA, los Grapo, Terra Lliure o Al Qaeda.
El alto tribunal señala en su sentencia que «el discurso del odio» no está protegido por la libertad de expresión ideológica. Pero bien sabemos que eso es así en unos casos, aquellos que resultan incómodos para el sistema. Para otros casos, manga ancha ylibertad plena. Aquí muchos ejemplos de ello:
El Supremo señala también que se trata de diversas canciones que se difundieron en internet a través de Youtube, que tuvieron gran difusión a través de esta red social y que contenían «estrofas claramente laudatorias para condenados por terrorismo o a sus acciones». «Así mismo, en clave retórica se citaba a personas u organismos concretos como merecedores de ser atacados», dice además el Supremo. Todo ellos mientras el estado español se niega a extraditar a torturadores franquistas que son reclamados por la justicia argentina por crímenes de lesahumanidad. Esa es la «democracia» española y sus leyes.
La condena de la Audiencia ahora confirmada por el Supremo señaló cómo el propio rapero asumió en el juicio la autoría de sus canciones y se defendió diciendo que lo que había hecho era «ejecutar su libertad de expresión y de creación como artista», un argumento no aceptado por el Supremo.
Agencias/Kaosenlared